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CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Divorcio Contencioso 512/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella a instancia de Concepción Pérez Blanco contra Lucio Alvarado López, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Marbella, 18 de febrero de dos mil cinco.
Vistos y examinados por mí, doña Paula Boix Sampedro, Juez Adjunta del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, los presentes autos núm. 512/2003 sobre Divorcio Contencioso, que se siguen en este Juzgado a instancia de doña Concepción Pérez Blanco, quien está representada por el Procurador Sr. Mora Cañizares y asistida de la Letrada Sra. Castaño Aguilar contra don Lucio Alvarado López, declarado en rebeldía
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda de Divorcio Contencioso, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio entre doña Concepción Pérez Blanco y don Lucio Alvarado López con los efectos legales que ello supone, y todo ello sin imponer las costas procesales a ninguna de las partes.
Comuníquese esta Sentencia, una vez que sea firme, al Registro Civil donde aparece inscrito el matrimonio para su inscripción marginal.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación ante este Juzgado que habrá de prepararse en el plazo de cinco días a contar desde tal notificación, para su posterior resolución por la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Lucio Alvarado López, extiendo y firmo la presente en Marbella a veintinueve de marzo de dos mil cinco.- La
Secretario Judicial.
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