Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 01/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 24 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el Proyecto de Ejecución y se declara la Utilidad Pública en Concreto, de una línea de 220 kV D/C entrada y salida a subestación "Don Rodrigo" de la línea de 200 kV S/C "Santiponce-Quintos". (PP. 2202/2005).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A. (actualmente Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal), con domicilio en la Avda. de la Borbolla, núm., de Sevilla, solicitó con fecha 28.6.00 Autorización Administrativa para realizar la instalación de una línea A.T.

220 kV D/C con origen en el apoyo núm. de la línea A.T. 220 kV "Santiponce-Quintos" y final en la subestación "Don Rodrigo".

Segundo. Con fecha 27.8.02 y tras los trámites reglamentarios, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizó a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., la instalación de la mencionada línea.

Tercero. Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla de fecha 4.3.02, que se publicó en BOP de Sevilla núm., de fecha 26.4.02.Cuarto. Con fecha 25.10.04 Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal) solicitó en la Delegación Provincial de Sevilla de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración de Utilidad Pública en Concreto de la línea anteriormente mencionada.

Quinto. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, artículos 52, 53 y 54 y con los Decretos

2617/66 y 2619/66, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para la aprobación del proyecto de ejecución y Declaración en concreto de Utilidad Pública en materia de instalaciones eléctricas, así como con el Decreto 292/1995, de

12 de diciembre de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en BOE núm., de 10.12.04, BOJA núm., de 22.12.04, BOP de Sevilla núm., de 29.11.04, Diario de Sevilla de fecha 2.12.04 y expuesto en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Dos Hermanas y Alcalá de Guadaíra.

En dichos anuncios se incluía relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la futura línea de A.T.

Sexto. Se remitieron separatas del proyectos a los organismos y entidades afectados que se relacionan, al objeto de que establecieran los condicionados técnicos procedentes.

- Consejería de Medio Ambiente.

- Consejería de Obras Públicas y Transporte.

- Renfe.

- Diputación Provincial de Sevilla.

- Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

- Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental.

- Ayuntamiento de Dos Hermanas.

- Delegación Provincial Medio Ambiente. Vías Pecuarias.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Comisaría de Aguas.

De estos organismos y entidades, unos emitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria. Otros no contestaron, por lo que una vez reiterada la solicitud de informe, sin recibir tampoco contestación se dio por aceptada la propuesta del solicitante.

Séptimo. Se remitió carta certificada con acuse de recibo, conteniendo texto de información pública, publicado en los distintos boletines oficiales, a todos los propietarios afectados.

De estos consta en el expediente que se recibieron alegaciones de:

- Doña María Luisa Rodríguez Jiménez.

- Don Manuel Gutiérrez Paz.

- Doña María Teresa del Prado ONeill.

- Don Carlos Angulo Guerrero.

- Don Javier Domínguez Bendala.

- Don Alfredo Rebolloso Berruezo.

- Don Gregorio Aranda Alcántara.

- Don José Pickman Albandea.

- Don Antonio de Lorenzo.

- Don Manuel Peña Ortega.

- Don Juan José Vázquez Asensio.

Que a su vez fueron remitidos a la empresa solicitante y contestadas por ésta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Aprobación de proyecto de ejecución y Declaración en concreto de Utilidad Pública, de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica y Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. La Aprobación del Proyecto de Ejecución de

instalaciones eléctricas está regulado por el Decreto 2617/66, de aplicación a este expediente en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico (BOE 28.11.97).

La Declaración en concreto de la utilidad pública está

regulada en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, en relación con los artículos 52 de la Ley 16/1954, sobre Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el Proyecto de Ejecución de la línea aérea de

220 kV referenciadas y solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal), cuyas características

principales serán:

Origen: Apoyo núm. de la Línea Aérea 220 kV "Santiponce- Quintos".

Final: Subestación "Don Rodrigo".

Término municipal afectado: Alcalá de Guadaíra y Dos Hermanas.

Longitud total aproximada: 12,898 km.

Tipo: Aérea D/C.

Tensión en servicio: 220 kV.

Conductor: LA-455.

Cable de tierra/óptico: AC-50 M/M.-OPGW48.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aislamiento: U-120-BS.

Segundo. Declarar la Utilidad Pública en Concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero. Antes de proceder de la puesta en servicio de las instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos por los distintos organismos y los que constan en la Declaración de Impacto Ambiental.

2. El plazo de puesta en servicio será de dos años contado a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.

3. El Titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Sevilla a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la

correspondiente Acta de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de mayo de 2005.- El Director General, Jesús Nieto González.

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