Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 01/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 20 de junio de 2005, por la que se modifica la de 22 de septiembre de 2003, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.

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La Orden de 22 de septiembre de 2003 delega en la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos todas las competencias que el ordenamiento atribuye a la Consejería de Educación en relación con el personal cuya administración corresponde al Departamento, y que no estén delegadas en otros órganos. Teniendo en cuenta que la gestión de las pruebas selectivas así como la participación de los Tribunales en las mismas se tramita en dicho Centro directivo, se hace necesario, para dotar de mayor rapidez y eficacia al proceso, extender dicha competencia también al ámbito de la propuesta y gestión de los pagos que, en su caso, procedan por la participación en dichos órganos de selección.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en los artículos.1 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y 13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Consejería

D I S P O N E

Artículo 1. Se modifica el art;culo 2, apartado a), de la Orden de 22 de septiembre de 2003, que queda redactado como sigue:

"Artículo 2. Delegación de competencias en la Secretaría General Técnica.

En materia de Hacienda Pública se delegan:

a) Todas las facultades que el artículo 39.6 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 10 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, atribuyen a la titular de la Consejería, con la excepción de las que expresamente se deleguen en el Director General de Infraestructuras para la Educación y en el Director General de Gestión de Recursos Humanos."

Artículo 2. Se añade un párrafo al artículo 5 de la Orden de

22 de septiembre de 2003, que se redacta de la siguiente forma:

"Asimismo, se delegan las competencias relativas a propuesta y gestión de pago de las indemnizaciones que en su caso correspondan a los miembros de los Tribunales y órganos de Selección que participen en los procesos selectivos convocados por la Dirección General."

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de junio de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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