Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 14/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 24 de junio de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace pública la ampliación de la autorización concedida a Sohiscert, S.A., para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrarios y alimenticios a productos contemplados en la normativa que se cita.

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Con fecha 31 de mayo de 2005, por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria se ha dictado la correspondiente Resolución por la que se amplía la autorización concedida a Sohiscert, S.A., para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrarios y alimenticios a productos contemplados en la letra c) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento R(CEE) 2092/91, del Consejo, de 24 de junio de

1991, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"RESUELVO

Primero. Ampliar la autorización concedida a Sohiscert, S.A., para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrarios y alimenticios a los productos contemplados en la letra c) del punto 1 del artículo 1 del Reglamento R(CEE) núm. 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991.

Segundo. La entidad deberá aportar el certificado de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) de ampliación del alcance de su acreditación conforme a la Norma UNE-EN 45011 para los productos contemplados en el apartado anterior, en el plazo de dos años a partir de la notificación de la presente Resolución.

Tercero. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la presente Resolución.

Cuarto. Esta ampliación de la autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida su incumplimiento, así como la variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta para su concesión."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 24 de junio de 2005.- La Directora General, Flora Pedraza Rodríguez.

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