Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 14/07/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MARTOS

ANUNCIO de bases.

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BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE ORDENANZA-CONDUCTOR, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTA CORPORACION

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Ordenanza-Conductor, adscrita a Servicios Sociales, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2001 y vacante en la plantilla de personal funcionario, con las siguientes características:

Grupo: E.

Denominación: Ordenanza-Conductor.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Permiso de conducir exigido: Permiso de conducir clase B.

Segunda. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir los aspirantes.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de

23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título exigido para la presente convocatoria, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, acreditado mediante certificado académico expedido por la Secretaría del respectivo Centro en la que se cursen los estudios.

d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Estatal, Autonómica y Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

g) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente.

Tercera. Presentación de instancias.

a) Contenido. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

En cumplimiento de lo dispuesto en su normativa específica y a tenor de lo que establece el art. 19 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, las personas que afectadas por algún tipo de

minusvalía, no impidiéndole el ejercicio de la función, les suponga el no poder realizar las pruebas en igualdad de condiciones, con el resto de los aspirantes, lo pondrán de manifiesto en la instancia a fin de que el Tribunal disponga lo necesario para que quede garantizada dicha igualdad de condiciones.

b) Documentos que deben presentarse. Los/as interesados/as deberán unir a la instancia la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI.

- Fotocopia de la carta de pago de los derechos de examen o, en su caso, resguardo de giro postal o telegráfico de su abono.

- Documentos debidamente autentificados de los méritos que se alegan para su valoración en la fase de concurso (originales o fotocopias compulsadas).

- Fotocopia del permiso de conducir.

c) Lugar y plazo. La instancia y la documentación exigida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Martos, durante el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 4,70 euros, que serán satisfechos en la Caja Municipal y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos/as en la convocatoria y previa solicitud del interesado.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, declarando aprobados la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha

Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se incluirá el nombre, apellidos y DNI de los admitidos/as y excluidos/as indicando las causas de exclusión y pudiendo los excluidos/as, en el plazo de diez días previstos en el

artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables.

Asimismo, en la misma Resolución el Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público con la lista de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusaciones previstos en la legislación vigente.

De no presentar reclamaciones se elevará a definitiva la lista de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas y el orden de comienzo de actuación de los aspirantes.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada ejercicio, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, valorado libremente por el Tribunal.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o persona en quien delegue.

Vocales:

- La Concejala Delegada de Servicios Sociales.

- Un representante designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

- Dos representantes de los trabajadores designados por la Junta de Personal.

- Dos empleados públicos con categoría igual o superior a la plaza convocada, designados por el Alcalde.

Secretario/a: El de la Corporación o persona en quien delegue, con voz y sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos dos vocales titulares o suplentes, indistintamente. Los vocales deberán poseer

titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

Séptima. Pruebas selectivas y calificación de ejercicios.

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

A) Concurso.

B) Oposición.

C) Entrevista.

I. Fase de concurso: Que se realizará con anterioridad a la fase de oposición, no siendo eliminatoria, y donde se

valorará:

A) Titulaciones: Por tener otra titulación superior a la exigida: 1 punto.

B) Experiencia profesional.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local, en los Servicios Sociales, en plaza o puesto de trabajo igual al que se opta, en régimen laboral o funcionarial, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Corporación, donde se haga constar la denominación de los puestos de trabajo que se hayan

desempeñado, con expresión de permanencia en cada uno y en qué servicio o departamento los ha realizado: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en los Servicios Sociales, en plaza o puesto de trabajo igual al que se opta, en régimen laboral o funcionarial, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Corporación, donde se haga constar la denominación de los puestos de trabajo que se hayan

desempeñado, con expresión de permanencia en cada uno y en qué servicio o departamento los ha realizado: 0,02 puntos.

Puntuación máxima total por el apartado de experiencia

profesional: 5 puntos.

A estos efectos no se computarán las fracciones de tiempo, así como los servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirá proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Los documentos que se

presenten a efectos de valoración de experiencia profesional deberán hacer mención explícita a la Dependencia en la cual han sido prestados, no computándose aquellos que carezcan de dicha especificación.

C) Experiencia en conducción.

- Por estar en posesión del Permiso de Conducir clase B desde hace más de 20 años: 2 puntos.

- Por estar en posesión del Permiso de Conducir clase B desde hace más de 15 y menos de 20 años: 1 punto.

- Por estar en posesión del Permiso de Conducir clase B desde hace más de 5 y menos de 15 años: 0,5 puntos.

- Por estar en posesión del Permiso de Conducir clase B desde hace menos de 5 años: 0 puntos.

La puntuación máxima por este apartado: 2 puntos.

Esta fase de concurso será previa a la de oposición, que no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición-.

II. Fase de oposición.

Esta fase constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en tiempo de una hora y treinta minutos,

elaborado por el Tribunal en relación con los temas contenidos en el Anexo I Materias Comunes y Materias Específicas, de esta convocatoria. La fórmula de corrección será la siguiente:

X = a - (e/n - 2), donde "X" será el resultado final, "a" el número de aciertos, "e" el número de errores y "n" el número de alternativas de respuesta posibles. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre dos, determinado por el Tribunal, relativo a las tareas a desempeñar en el puesto en cuestión y relacionado con los temas de las Materias Específicas del temario de esta convocatoria, en un tiempo máximo de una hora y treinta minutos. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

III. Fase de entrevista.

De carácter obligatoria, igual para todos los aspirantes, consistirá en la realización de una entrevista personal, que versará sobre la capacitación, que se tiene para desarrollar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, la

experiencia en igual categoría y otras situaciones, siendo la puntuación máxima de la entrevista 2 puntos.

Las calificaciones de cada uno de los distintos ejercicios o pruebas se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

La calificación global del concurso-oposición se obtendrá con la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso a lo que se añadirá la fase de oposición y entrevista.

Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará la relación de aspirantes por el orden de puntuación obtenida, que se elevará al Presidente para que formule el correspondiente nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes

convocadas. Las propuestas de aprobados que contravenga este límite serán nulas de pleno derecho.

El aspirante propuesto presentará en el Area de Personal, dentro de los veinte días naturales, a contar desde el

siguiente

a la publicación de la relación de aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones que para tomar parte de la oposición se exigen en la base segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no se reunieran los requisitos, no se procederá a su nombramiento, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las

responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia.

Novena. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión del aspirante nombrado por el Alcalde será de treinta días, a contar desde el siguiente al que le sea notificado su nombramiento, debiendo prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y el

nombramiento conferido.

Décima. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de las pruebas.

En lo no previsto en estas bases, se estará a lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto; Ley 7/85, de 2 de abril; R.D.

896/91, de 7 de julio; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D.

364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables.

Undécima. Impugnación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos de carácter firme se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados en recurso de reposición ante la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Jaén, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los actos administrativos

derivados de la convocatoria y de la actuación del Tribunal serán impugnados en la forma y plazos previstos en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Materias Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios

generales, derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización Territorial del Estado: Las Comunidades Autónomas y el Estatuto de Andalucía.

Tema 3. El Municipio: Concepto, elementos. Término municipal y la población.

Tema 4. Organización municipal: Competencias.

Tema 5. El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, personal laboral y eventual.

Materias Específicas

Tema 6. Prevención y seguridad en el trabajo.

Tema 7. La atención al público: Cita previa, información sobre documentación requerida.

Tema 8. Estructura de los Servicios Sociales en Martos.

Tema 9. Recursos y Programas de los Servicios Sociales en Martos.

Tema 10. El Municipio de Martos: Callejero, Centros y recursos públicos.

Martos, 9 de junio de 2005.- El Alcalde-Presidente.

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