Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 16/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 25 de julio de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de Granada a Gabia la Grande", desde el casco urbano de Santa Fe, hasta el límite de términos entre Santa Fe y Las Gabias, en el término municipal de Santa Fe, provincia de Granada (V.P. 112/03).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de Granada a Gabia La Grande", en el tramo que va desde el casco urbano de Santa Fe, hasta el límite de términos entre Santa Fe y Las Gabias, en el término municipal de Santa Fe (Granada), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada "Colada de Granada a Gabia La Grande", en el término municipal de Santa Fe, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de

22 de octubre de 1968, publicada en el BOE de 5 de noviembre de 1968 y en el BOP de 9 de noviembre de 1968.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 12 de marzo de 2003, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Colada de Granada a Gabia La Grande", en el término municipal de Santa Fe, provincia de Granada.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 22 de mayo de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 91, de fecha

23 de abril de 2003.

En dicho acto de deslinde se recogieron manifestaciones por parte del siguiente asistente:

Don J. Alfonso Arias González, en su nombre y en representación de Inmosaira, S.L., alega que el punto 34I debe desplazarse aproximadamente un metro y medio, salvando la fila de olivos inicial, hacia el Oeste, reconociendo que este es el trazado original de la vía pecuaria, dicho desplazamiento en el mismo sentido (hacia el oeste), se haga manteniendo los 10 metros en la estaquilla 34 D, desplazando ésta, que está situada en la otra parcela, su propiedad.

Dicha alegación será convenientemente informada en los fundamentos de derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 221, de fecha 17 de noviembre de 2004.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se presentaron alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe, con fecha 27 de junio de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías

Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Colada de Granada a Gabia La Grande", en el término municipal de Santa Fe (Granada), fue clasificada por Orden Ministerial de 22 de octubre de 1968, publicada en el BOE de 5 de noviembre de 1968 y en el BOP de 9 de noviembre de 1968, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la

Clasificación.

Cuarto. En cuanto a las alegaciones presentadas durante el acto de operaciones materiales de deslinde, se informa lo siguiente:

En cuanto a lo alegado por don Alfonso Arias González, decir que una vez consultada la información existente en el Fondo Documental se han llevado a cabo las modificaciones propuestas el día del acto de deslinde, por ajustarse más al trazado tradicional de la vía pecuaria; habiéndose recogido dichas correcciones convenientemente en la propuesta de deslinde. Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 21 de abril de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha

27 de junio de 2005,

HE RESUELTO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de Granada a Gabia La Grande", en el término municipal de Santa Fe, en la provincia de Granada, conforme a los datos y

descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 2.894,87 metros.

- Anchura: 10 metros.

Descripción: Finca rústica de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, que se encuentran en el término municipal de Santa Fe, provincia de Granada, de forma alargada, con una anchura de 10 metros y una longitud de 2.894,87 m con una superficie total deslindada de 28.874,87 m, que en adelante se conocerá como "Colada de Granada a Gabia la Grande", tramo que discurre de Noreste a Suroeste desde la línea de Zona Urbana Urbanizable de Santa Fe hasta la Colada del Camino de la Costa dentro del término de Las Gabias y que linda al Norte con la Zona Urbana o Urbanizable de Santa Fe. Al Sur con el límite de término de Las Gabias y la Vía Pecuaria "Colada del Camino de la Costa". Al Oeste con don Agustín García Rodríguez, don Jesús Maldonado Martín, doña Dolores García Creus, doña M. Mercedes Nogueras López, doña Carmen Velasco Folch, don Antonio Hernández Morillas, doña Trinidad Hernández Gómez, don Antonio Pasadas Trujillo, Inmosaira, S.L., J. Alfonso Arias González y Ayuntamiento de Santa Fe. Y finalmente linda al Este con doña Dolores García Creus, doña Araceli López

Pacheco, doña Dolores García Creus, Rústicas del Río, S.L., Inmosaira, S.L., J. Alfonso Arias González, Rústicas del Río, S.L., Patronato Benéfico González Auriles, Ayuntamiento de Santa Fe, doña Trinidad Torres Hernández, Rústicas del Río, S.L., y Ayuntamiento de Santa Fe.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 25 de julio de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 25 DE JULIO DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA DENOMINADA "COLADA DE GRANADA A GABIA LA GRANDE", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE SANTA FE, PROVINCIA DE GRANADA (V.P. 112/03)

LISTADO DE COORDENADAS UTM DE LOS PUNTOS QUE DEFINEN LA VIA PECUARIA

"COLADA DE GRANADA A GABIA LA GRANDE"

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