Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 02/09/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CABRA

ANUNCIO de bases.

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BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE OBRAS, PERTENECIENTE A LA

PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE

ESTE AYUNTAMIENTO

I. Bases generales.

Primera. El Ayuntamiento de Cabra convoca para su provisión en propiedad, mediante promoción interna, la plaza de este Ayuntamiento que se indica a continuación.

- Denominación de la plaza: Encargado de Obras.

- Número de Plazas: Una.

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales (Personal de Oficios).

- Grupo: D.

- Nivel CD: 18.

- Funciones de la plaza: Las propias de la subescala.

- Titulación exigida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

- Sistema de selección: Concurso-oposición.

- Derechos de examen: 12 euros.

- Ejercicios: Todos de carácter obligatorio y eliminatorio.

Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases, y en su defecto se estará a lo establecido en el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública; R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; R.D.

896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y por cualquier otra disposición, que sea de aplicación.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera. Para poder ser admitido a esta convocatoria será necesario reunir, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de esta Corporación en servicio activo, grupo de titulación D.

b) Tener una antig?edad de al menos dos años con la categoría de Oficial de Obras.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases anteriores deberán cumplirse, como más tarde, el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. Solicitudes.

Quinta. Los que deseen tomar parte en el concursooposición, deberán solicitarlo mediante instancia debidamente

reintegrada, dirigida al señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en la que manifiesten expresamente que reúnen los requisitos exigidos en la base anterior, y la presentarán en el registro general durante el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la

publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

A las instancias, que también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, deberán adjuntarse la documentación que justifique los méritos alegados y el resguardo acreditativo de haber abonado la cantidad de doce euros, en concepto de derechos de examen.

IV. Admisión de los aspirantes.

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará la lista de aspirantes admitidos y

excluidos, la cual se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y expuesta en el tablón de anuncios de esta

Corporación.

Séptima. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado,

estableciéndose un plazo de diez días para subsanarlos.

V. Tribunal calificador.

Octava. El Tribunal Calificador de las pruebas se constituirá bajo el principio de especialización y estará constituido del siguiente modo:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Obras y Servicios Municipales

y suplente.

- El Aparejador Municipal y suplente.

- Un representante de la Junta de Andalucía y suplente.

- Un representante de la junta de personal de este

Ayuntamiento y suplente.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias

previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Los vocales del Tribunal han de poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto de lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a la percepción de asistencias en la forma y cuantías establecidas por el R.D.

462/2002, de 24 de mayo.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Novena. El calendario de inicio de las pruebas y la hora y lugar de su realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador.

VII. Proceso selectivo.

Décima. El sistema de selección será de concursooposición.

Fase de concurso: Los méritos alegados por los aspirantes se calificarán según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público en el tablón de anuncios previamente al inicio de la fase de oposición.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se hubiese alegado la imposibilidad de aportar dicha justificación en la solicitud de participación en la

convocatoria o dentro del referido plazo.

Fase de oposición: El primer ejercicio de la oposición no se realizará pasado un mes desde la fecha en que aparezca

publicado el anuncio de la convocatoria en el BOE. El lugar y fecha de realización de dicho ejercicio se harán públicos en el BOP.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

El orden de actuación de los aspirantes (caso de que fuera necesario), se realizará según el sorteo a que se refiere el art. 17 del R.D. 364/95.

Comenzadas la pruebas, los sucesivos anuncios para la

celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado los anteriores y en el tablón de anuncios de la Corporación.

VIII. Desarrollo de los ejercicios.

Undécima. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados comporta que decaiga automáticamente en su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos y en consecuencia quedará excluido del proceso selectivo.

No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o de haber

finalizado cuando no entorpezca el desarrollo de la

convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.

IX. Calificación de los ejercicios.

Duodécima. Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de

5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminado en todo caso las

puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos.

Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público, en los locales donde se celebren las pruebas y en el tablón de anuncios de la Corporación, la relación de

aspirantes que hayan superado el mismo con especificación de las puntuaciones obtenidas.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en los sucesivos por su orden y de persistir en la fase de concurso, y, de no ser posible deshacer el empate, se dilucidará por sorteo.

X. Relación de aprobados, presentación de documentos y

nombramiento.

Decimotercera. Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación, por orden de puntuación obtenida. Los interesados podrán interponer la reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación.

La relación definitiva de aprobado/s una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el tablón de anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurará/n el/los aprobado/s por orden de puntuación, en número igual al de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la Base 2.ª.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su nombramiento a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de veinte días naturales presente la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la

Corporación, el/los opositor/es nombrado/s deberá/n tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles a contar del siguiente a la notificación del nombramiento.

En el momento de la toma de posesión, el/los opositor/es nombrados prestarán juramento o promesa en la forma legalmente establecida.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulan la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que

obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía

administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir de la publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

A) Valoración de formación y perfeccionamiento: Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de cursos que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

A.1. Por la participación como asistente o alumno a cursos, seminarios, congresos y jornadas:

- De 10 a 20 horas o de 2 a 4 días: 0,05 puntos.

- De 21 a 40 horas o de 4 a 7 días: 0,10 puntos.

. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

- De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

- De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

- De 201 a 300 horas o de 41 a 60 días: 1,00 puntos.

- De 301 a 400 horas o de 61 a 80 días: 1,50 puntos.

- De 401 horas o de 81 días, o más: 2,00 puntos.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3 puntos.

A.2. Docencia, publicaciones, etc.:

- Por cada hora de docencia en cursos o jornadas reconocidas oficialmente: 0,05 puntos.

- Por cada publicación en revistas o similares: 0,50 puntos.

- Por cada ponencia presentada en congresos oficiales: 0,50 puntos.

- Por cada comunicación presentada en jornadas o congresos oficiales: 0,25 puntos.

- Por cada conferencia realizada y reconocida oficialmente:

0,25 puntos.

Puntuación máxima por este apartado: 3 puntos.

B) Titulaciones académicas: Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso:

- Título de Doctor Universitario, en área o especialidad que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a la que se opta: 2 puntos.

- Título de Licenciado Universitario, en área o especialidad que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a la que se opta: 1,75 puntos.

- Título de Diplomado Universitario, en área o especialidad que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a la que se opta: 1,50 puntos.

- Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente: 1,25 puntos.

No se valorarán como méritos títulos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

C) Antigüedad:

1. Se valorará a razón de 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior de seis meses los prestados en el Ayuntamiento de Cabra, y de 0,10 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior de seis meses los prestados en otras administraciones públicas.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3

puntos.(art. 9.7 Acuerdo-Marco Ayto. de Cabra).

2. Por cada año completo de servicios similares a los de la plaza objeto de este concurso-oposición o fracción superior de seis meses, prestados en el Ayuntamiento de Cabra, 1 punto.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 5

puntos.(art. 9.8 Acuerdo-Marco Ayto. de Cabra).

ANEXO II

FASE DE OPOSICION

EJERCICIOS

Primer ejercicio.

De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 30 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas

incorrectas se invalidará una correcta y por cada cinco preguntas sin contestar se invalidará una correcta. Cuando resulten restadas las preguntas invalidadas según la

proporción citada corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma

proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, se establecen en el programa la exención de aquellas cuestiones cuyo conocimiento se ha acreditado en la pruebas de ingreso a la subescala y

consecuentemente la reducción del programa en relación con los temas ya evaluados y de contenido similar.

Segundo ejercicio.

De carácter obligatorio, se realizará mediante ordenador y consistirá en la resolución de un supuesto práctico que determine el Tribunal, relacionado con los cometidos de la plaza, en un tiempo máximo de dos horas. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA DE MATERIAS DE LA FASE DE OPOSICION

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

Generales. Derechos Fundamentales y Libertades Públicas.

Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial.

Tema 3. El Estado de las Autonomías. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía.

Tema 4. La Organización Municipal. Organos del Ayuntamiento. Organos de Gobierno. Organos Complementarios.

Tema 5. La función pública local: Ideas generales. Concepto de funcionario. Clases. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: Derechos. Deberes. Régimen disciplinario.

Tema 6. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local: Concepto de vecinos. Derechos y deberes. Información y participación ciudadana: Información y participación de los vecinos. Información y participación de las asociaciones vecinales.

Tema 7. El ciudadano como cliente y como usuario de los servicios públicos: Concepto. Servicios públicos municipales.

Cabra, 8 de julio de 2005.- El Alcalde Acctal, José López Valle.

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