Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 2 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 220/2004. (PD. 197/2005).

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N.I.G.: 4109100C20040005017.

Procedimiento: J. Verbal (N) 220/2004. Negociado: 2.º

De: Don Teodoro Carballo Ocaña.

Procuradora: Sra. Ana María Carballo Miralles.

Contra: Doña Ana María Bardallo Díaz.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 220/2004-2 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Sevilla a instancia de Teodoro Carballo Ocaña contra Ana María Bardallo Díaz sobre desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En la ciudad de Sevilla, a treinta de noviembre de dos mil cuatro.

El Ilmo. Sr. don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta capital, ha visto los presentes autos Juicio Verbal número 220/04-2, instados por Teodoro Carballo Ocaña, representado por la Procuradora Ana María Carballo Miralles contra Ana María Bardallo Díaz, en este procedimiento que versa sobre desahucio por falta de pago.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. La Procuradora actora, en la representación que ostenta, formuló demanda, que en turno de reparto correspondió a este Juzgado, contra los expresados demandados en la que, tras el relato de hechos y exposición de fundamentos de derecho que estimaba aplicables terminaba suplicando una Sentencia plenamente estimatoria de sus pretensiones, con expresa condena en costas de dichos demandados.

Segundo. Admitida a trámite la demanda, fue señalado día y hora para la celebración del correspondiente juicio, al que compareció sólo la parte actora no haciéndolo los demandados, que fueron declarados en situación legal de rebeldía, y cuyo desarrollo consta en los soportes de grabación de imagen y sonido puestos a disposición de este Juzgado; quedando visto para Sentencia.

Cuarto. En la sustanciación de este procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Ana María Carballo Miralles en nombre y representación de Teodoro Carballo Ocaña contra Ana María Bardallo Díaz, declaro que ha lugar a la recuperación de la posesión interesada por la parte actora, y en consecuencia, declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vincula a las partes y que tiene por objeto la vivienda sita en esta ciudad, calle Teodosio, núm. 91, principal izquierda, condenando a la demandada a que la desaloje, con expreso apercibimiento de que se procederá al lanzamiento caso de que no se practique el desalojo de forma voluntaria, todo ello con imposición de costas causadas en este juicio verbal a la citada demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, acreditando la parte

demandada por escrito tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deban pagarse adelantadas.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Ana María Bardallo Díaz, extiendo y firmo la

presente en Sevilla a diez de enero de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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