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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ollerías, núm., Málaga, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de cese de la medida de protección de desamparo de fecha 7 de septiembre de 2005 del menor E.R.A.Q., expediente núm. 29/95/0443/00, significándole que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Málaga, 29 de septiembre de 2005.- La Delegada, P.A. (Decreto
21/1985, de 5.2), El Secretario General, Antonio Collado Expósito.
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