Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 14/11/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº1 TORREMOLINOS (ANTIGUO MXT.Nº1)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 316/2003. (PD. 4144/2005).

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NIG: 2990142C20031000329.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 316/2003. Negociado: EA.

EDICTO

Juzgado: J. Primera Instancia núm. Uno de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Uno).

Juicio: Proced. Ordinario (n) 316/2003.

Parte demandante: R.I.E Gabriel Portillo, S.L.

Parte demandada: Deitu, S.L.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Torremolinos, a veinticuatro de junio de dos mil cinco, el Ilmo. Sr. don Manuel Oteros Fernández, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Uno de esta ciudad, ha visto los autos de Juicio Ordinario núm./03, seguidos a instancia de R.I.E. Gabriel Portillo, S.L., representada por la Procuradora Sra. Ceres Hidalgo y asistida del Letrado Sr. Barce Gallardo, contra la entidad Deitu, S.L., en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente a virtud de los siguientes,

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por la Procuradora Sra. Ceres Hidalgo, en nombre y representación de la entidad R.I.E. Gabriel Portillo, S.L., contra la demandada Deitu, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a que pague a la actora la suma de treinta mil setecientos noventa y dos euros con cincuenta y dos céntimos de euro (30.792,52 euros), más el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, en la forma prevenida en los artículos y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia. En Torremolinos a veinticuatro de junio de dos mil cinco. La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que con esta fecha se ha entregado por SS.ª , debidamente firmada, la anterior sentencia. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 16.11.04 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de citación.

En Torremolinos, a veintisiete de junio de dos mil cinco.- El Secretario/a Judicial.

Diligencia. La extiendo yo, El/La Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

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