Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 29/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 14 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se adjudican las ayudas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, convocadas por Resolución de 28 de abril de 2005.

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Al amparo de la Orden de 29 de mayo de 2001 y mediante Resolución de 28 de abril de 2005, se convocaron 5 becas para la realización de tesis doctorales que versasen sobre temas turísticos.

Reunida la Comisión de Selección prevista en la Orden citada, el día 7 de septiembre, se procedió a evaluar y a relacionar por orden de puntuación los expedientes personales de los solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden mencionada.

Por todo ello, a propuesta de la Comisión de Selección, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 9.2 de la Orden de 29 de mayo de 2001,

HE RESUELTO

Primero. Adjudicar cinco becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, con la dotación que se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.15.00.01.00.481.00.75D.0 a los siguientes adjudicatarios:

- Don Rafael Merinero Rodríguez, con DNI

núm. 75.435.938-D, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Manuel Jódar Mena, con DNI

núm. 75.021.288-A, con una dotación de 12.020,24 euros.

- Don Jesús Manuel López Bonilla, con DNI

núm. 28.472.377-X, con una dotación de 6.000,00 euros.

- Don Juan Antonio Solís Becerra, con DNI

núm. 74.931.160-N, con una dotación de 5.712,08 euros.

- Doña Miriam Benítez González, con DNI

núm. 31.697.007-V, con una dotación de 12.020,24 euros.

Segundo. Designar como suplente únicamente a don David Flores Ruiz, con DNI núm. 44.220.257-C, debido a la inexistencia de más candidatos que alcancen la puntuación media mínima exigida.

El abono de la beca se realizará en tres pagos. El primer pago, correspondiente al 40% del total de la beca, se realizará tras la aceptación de la beca por el beneficiario. El segundo pago, correspondiente al 35% del importe total, se ordenará a los seis meses de la aceptación, previa presentación de una memoria de actividades realizadas hasta la fecha, con el visto bueno del Director de la tesis. El tercer y último pago, correspondiente al 25% restante, se ordenará a la finalización de la tesis, y tras la acreditación de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente, tras la conformidad de la dirección facultativa, una vez entregado el trabajo en lengua castellana, y soporte de papel e informático a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y presentada la documentación justificativa de los gastos.

Serán obligaciones de los becarios además de las establecidas en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las siguientes:

- El compromiso de realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa avalado por el Director de la tesis, en el plazo de 18 meses.

- Dar cuenta por escrito de la marcha de su trabajo,

trimestralmente, al director facultativo nombrado por la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva

Turística. Una vez finalizada la tesis, en un plazo máximo de tres meses, los becarios presentarán la documentación a que se refiere el artículo 5 de la citada Orden de 29 de mayo de

2001, y correspondiente al tercer y último pago de la beca.

- Los beneficiarios deberán facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, y la Intervención General de la Junta de

Andalucía.

Tercero. Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso

contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo

establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de noviembre de 2005.- La Directora General, M.ª Francisca Montiel Torres.

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