Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 07/12/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

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BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE UN ARQUITECTO

Primera. Objeto.

Lo constituye la contratación temporal laboral de un Arquitecto Superior para la prestación de servicios en la Oficina Técnica para el desarrollo y la gestión del plan Especial de Protección Reforma Inferior y Catálogo del Centro Histórico de Priego de Córdoba, creada al amparo del Convenio Marco Suscrito entre la Consejerías de Obras Públicas y Transportes y de Cultura de la Junta de Andalucía y este Ayuntamiento de Priego de Córdoba. La duración del contrato, que será a tiempo total por la modalidad de contrato por obra o servicio determinado, se formalizará hasta el once de abril de 2006 prorrogable por dos años.

La remuneración anual bruta establecida para este puesto de trabajo será de 23.835,36 euros, (veintitrés mil ochocientos treinta y cinco euros con treinta y seis céntimos de euro), brutos.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la convocatoria todos los interesados que reúnan lo siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título universitario de Arquitecto Superior, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo a desempeñar.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, o despedido con el mismo carácter, del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecido en la legislación vigente.

g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B-1.

h) Haber satisfecho los correspondientes derechos de examen. Tercera. Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Sr. Presidente de la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de la Gerencia de Urbanismo, sito en la calle Enmedio Palenque s/n (traseras de la Casa de la Cultura), Priego de Córdoba, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acompañadas de fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, y del justificante de ingreso de los derechos de examen, que podrán ser abonados en la cuenta corriente núm. 2024.0055.70.3800000137, o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal del Excelentísimo Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Plaza de la Constitución, 3), debiendo consignar en ambos casos el nombre del aspirante la convocatoria a la que se refiere.

2. Los interesados que opten por presentar su solicitud en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 deberán comunicar a la Gerencia de Urbanismo tal circunstancia en el plazo de admisión de instancias, mediante fax dirigido a núm.

957.708.430, telegrama o burofax.

3. Los derechos de examen están fijados en la cantidad de 33, 15 euros (treinta y tres euros con quince céntimos de euro). Unicamente procederá la devolución de los derechos de examen de los aspirantes que resulten excluidos defitivamente de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará de oficio mediante comunicación a la Tesorería Municipal de la lista definitiva de admitidos y excluidos, mediante transferencia a la cuenta que al efecto señalen los aspirantes en sus instancias. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el "Diario Córdoba". Por esta Administración se proveerá el correspondiente modelo de solicitud a todos los interesados que así lo soliciten, pudiéndose obtener el mismo en la página web municipal vww.aytopriegodecordoba.es Los aspirantes que tengan algún tipo de discapacidad, deberán indicarlo así en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios que necesiten para la realización de las pruebas, debiendo acompañar con la misma el certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo a que se opta, todo ello conforme al artículo 19 del Real Decreto 364/95 de 10 de marzo.

Los aspirantes deberán unir a su instancia los documentos, originales o autenticados, que acrediten los méritos que se intenten hacer valer en el concurso. No obstante, el Tribunal podrá en cualquier momento del proceso selectivo, requerir a cualquiera de los aspirantes para que complete la documentación acreditativa de los méritos alegados.

Junto con la solicitud se deberá acompañar currículum vitae, cuyo contenido guardará relación con el puesto de trabajo a

desempeñar.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Gerencia de Urbanismo dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Gerencia de Urbanismo y página web municipal, concediéndose un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión.

En dicha Resolución se determinará igualmente el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios, así como la composición de la Comisión de Selección.

Quinta. Proceso de selección.

Consistirá en dos fases: Un concurso de méritos y una entrevista personal.

I. Concurso de méritos: En el concurso se valorarán los méritos alegados por los interesados debidamente justificados mediante documentos originales o fotocopias compulsadas y conforme al siguiente baremo:

a) Méritos profesionales: Máximo 2 puntos:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local en puesto de igual o similar contenido al que opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedido por el organismo competente: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera otras Administraciones Públicas en puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,03 puntos.

- Por cada mes completo de ejercicio profesional libre, acreditado mediante certificación del correspondiente colegio oficial: 0,01 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieren sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

b) Méritos académicos.

Expediente académico correspondiente a la titulación exigida: máximo de 2,50 puntos que se concederán al aspirante con mayor nota media, reduciéndose proporcionalmente la puntuación de los aspirantes en función de sus respectivos expedientes (notas medias resultantes).

c) Participación en cursos: Máximo 2,50 puntos.

Siempre que se encuentren relacionados con las especialidades de urbanismo y de protección del patrimonio históric artístico y hayan sido impartidos por Instituciones de carácter público:

- Hasta 14 horas o dos días: 0,50 puntos.

- De 15 a 40 horas o de tres a siete días: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas o de ocho a doce días: 0,20 puntos.

- De 71 a 100 horas o de trece a veinte días: 0,30 puntos.

- De 101 a 200 horas o de veintiuno a cuarenta días: 0,50 puntos.

- De 200 horas en adelante 0,75 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a la que se refiere la anterior escala.

II. Entrevista personal.

Tendrá por objeto esta entrevista el determinar con mayor precisión la aptitud de lo aspirantes, siendo la puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba la de 3 puntos. Quedarán excluidos de la realización de la entrevista los aspirantes cuyas puntuaciones en méritos sean inferiores a 3 puntos de la máxima obtenida.

Sexta. Comisión de selección.

Estará integrada por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Presidente de la Gerencia de Urbanismo o miembro de la misma en quien delegue.

b) Vocales:

- El Gerente de la Gerencia de Urbanismo de esta Ciudad.

- Un Técnico de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Un Técnico de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.

- Un Arquitecto designado por la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo de esta Ciudad.

Junto con los titulares se designarán los respectivos suplentes. Todos los Vocales deberán estar en posesión de titulo superior.

c) Secretario: La Secretaria de la Gerencia de Urbanismo.

La determinación concreta de los miembros de la Comisión así como la fecha de reunión de la misma para la Valoración de méritos y celebración de entrevista, se harán públicas juntamente con la publicación de la lista de aspirante admitidos y excluidos.

Séptima. Relación de aprobados y propuesta de contratación. La Comisión de selección elevará propuesta al Sr. Presidente de la Gerencia de Urbanismo para la contratación temporal del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo.

Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión de Selección podrá elevar propuesta de declaración de desierto el presente proceso de selección, en el supuesto de que a su juicio ninguno de los aspirantes reuniera los méritos suficientes para su contratación, por no alcanzar un mínimo del 30% de la puntuación que sea posible alcanzar.

Octava. Presentación de documentos.

1. El aspirante propuesto presentará en la Secretaría de la Gerencia de Urbanismo dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga público el resultado del proceso selectivo, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria,

concretamente los que continuación se relacionan:

a) Copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación académica exigida para el acceso a las pruebas, justificante de haber satisfecho los derechos de expedición.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infecto contagiosa ni defecto psíquico o físico que le imposibilite para el desempeño de las tareas de la plaza a la que se aspira.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Adminisfración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad.

e) Copia compulsada del permiso de conducir.

2. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

En este caso el Presidente del Tribunal formulará propuesta de nombramiento a favor de aquel aspirante que, habiendo superado las pruebas selectivas, le siga en orden de puntuación, requiriéndole para que en el plazo de 20 días naturales presente la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.

3. Cumplidos los trámites anteriores la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo procederá a la contratación de aspirante propuesto por la Comisión de Selección, dejando expresa constancia en el mismo acto de la declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de su contratación, ni ejercer actividades privadas incompatibles o sujetas a reconocimiento de incompatibilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre sobre

incompatibilidades.

Novena. Impugnación de la convocatoria e incidencias.

1. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las presentes bases reguladoras de las mismas, que tienen la consideración de Ley de la convocatoria.

2. Las convocatorias, su Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de selección, podrá ser impugnadas por los interesados, en los casos, formas y plazos establecidos en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra las Resoluciones y actos del órgano de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo.

3. La Comisión de Selección queda facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las presentes bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

4. Todos los avisos, citaciones y convocatorias que la Comisión de Selección haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas Bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios de la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba.

5. Las presentes Bases estarán a disposición de cuantas personas estén interesadas en las Oficinas de la Gerencia de Ubanismo de Priego de Córdoba, C/ Enmedio Palenque s/n), (Traseras de la Casa de la Cultura), Priego de Córdoba, donde podrán ser consultadas y obtener copia en horario de atención al público.

Décima. Legislación aplicable.

La realización de las pruebas se regirá por las presentes Bases, y en lo no regulado en las mismas se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de Bases de Régimen Local y Real Decreto-Ley 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

Priego de Córdoba, 24 de octubre de 2005.- La Alcaldesa Accidental, M.ª Luisa Ceballos Casas.

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