Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 07/12/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 10 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1103/2004. (PD. 4506/2005).

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NIG: 410910OC20040030377.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 1103/2004. Negociado:

4.

De: Doña Rosario Ruiz Gómez.

Procuradora: Sra. María José Vida de la Riva146.

Contra: Doña Dolores Sánchez Torrejón.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 1103/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez, de Sevilla a instancia de Rosario Ruiz Gómez contra Dolores Sánchez Torrejón sobre Verbal-Desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 77/05

En la ciudad de Sevilla a nueve de marzo de dos mil cinco.

En nombre de su Majestad el Rey (q.D.g.). Vistos por mí doña Antonia Roncero García Magistrado Juez de Primera Instancia número Diez de la ciudad de Sevilla los precedentes autos de Juicio Verbal de Deshaucio seguidos con el número 1103/04-4.º entre partes de la una y como demandante doña Rosario Ruiz Gómez representada por la Procuradora Sra. Vida de la Riva contra doña Dolores Sánchez Torrejón la cual ha sido declarada en rebeldía al no haber comparecido en autos al estar citada en legal forma.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña Rosario Ruiz Gómez representada por la Procuradora Sra. Vida de la Riva contra doña Dolores Sánchez Torrejón declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Sevilla en calle Cano y Cueto, número 9 y Santa María la Blanca,, piso segundo debiendo el demandado dejarlo libre y expédito

y a disposición del actor con apercibimiento de lanzamiento y con imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los cinco siguientes a su notificación.

Así por esta mi Sentencia de la que se unirá certificación a los autos de su razón definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Dolores Sánchez Torrejón, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a once de noviembre de dos mil cinco. El/La Secretario.

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