Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 26 de octubre de 2005, de la Delegación Provincial de Huelva, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva, referente al expediente CP-172/2005 sobre Modificación núm. 36 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Término Municipal de Almonte.

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APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION NUM. 36, DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA, DEL TERMINO

MUNICIPAL DE ALMONTE (CP-172/2005)Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuidas por el Decreto 193/2003, de 1 de julio, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2005, por unanimidad, dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:ANTECEDENTES DE HECHOPrimero. Procedente del Ayuntamiento de Almonte, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente a la Modificación núm. 36 del Plan General de Ordenación Urbana de dicho término municipal, a los efectos del pronunciamiento de la Comisión Provincial en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la legislación vigente.Segundo. Consta en el expediente administrativo incoado, en lo que a materia sectorial se refiere, Declaración definitiva de Impacto Ambiental emitida con fecha 18 de agosto de 2005 por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente e informes evacuados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fechas 19 de abril y 6 de mayo de 2005

Asimismo se incluye solicitud de informe a la Dirección de Conservación del Parque Nacional de Doñana así como a las compañías suministradoras Endesa y Aqualia S.A. y a la Mancomunidad de Aguas del Condado orden a la acreditación de la suficiencia de las redes de abastecimiento, sin que hasta la fecha haya constancia de la emisión de los mismos.Tercero. La presente Modificación tiene por objeto el cambio de clasificación de unos terrenos de propiedad municipal, ubicados al Norte del núcleo de El Rocío, de suelo no urbanizable de protección especial agrícola a suelo urbanizable sectorizado de uso residencial.FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero. El órgano competente para resolver es la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a) y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía así como en el artículo

13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.Segundo. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión del artículo 36 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. A la presente Modificación le será de aplicación asimismo de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley

7/2002, según lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la misma, las normas previstas para la Modificación de los Planes en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento.Tercero. El contenido documental de la presente Modificación cumple los requisitos establecidos en el artículo 36.2.b) de la Ley

7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.Cuarto. La innovación propuesta se enmarca en el supuesto regulado en el artículo 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, ya que no se produce mediante la misma la alteración integral de la ordenación establecida por el instrumento de planeamiento o en todo caso, la alteración estructural del Plan General de Ordenación Urbanística.Quinto. La ordenación prevista cumple las determinaciones impuestas por el Decreto 341/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación del territorio del Ambito de Doñana y se crea su Comisión de Seguimiento.Sexto. Según lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre el Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Almonte asume la denominación de Plan General de Ordenación Urbanística de Almonte.R E S U E L V EPrimero. Suspender la aprobación definitiva de la Modificación núm. 36 del Plan General de Ordenación Urbana de Almonte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002, hasta el cumplimiento de las deficiencias señaladas en el siguiente apartado de este acuerdo. Una vez realizado el cumplimiento de las subsanaciones citadas y ratificado por el Pleno Municipal se elevará nuevamente a esta Comisión Provincial para su resolución, debiendo ser sometidas a información pública las modificaciones que incorpore la subsanación que se consideren sustanciales, todo ello en cumplimiento del artículo 132.3 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.Segundo. El

Ayuntamiento de Almonte deberá subsanar las determinaciones enumeradas a continuación.

En primer lugar se señala que se deberá justificar

convenientemente, en aplicación de lo dispuesto en los

artículos 10.1.A.c.1 y 36.2.a).2.º de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el incremento de sistema general verde asociado al incremento de población previsto en el nuevo sector de suelo urbanizable.

Respecto a la previsión de viviendas protegidas se indica que la reserva prevista en el artículo 10.1.B.a) de la Ley 7/2002 se refiere al 30% del aprovechamiento objetivo total del Sector, lo que habrá de cumplimentarse por la Corporación Municipal.

En cuanto al cumplimiento del artículo 17 de la Ley 7/2002, debe reseñarse que, en virtud de lo dispuesto en el apartado 3 del mismo, la reserva de aparcamientos deberá ser como mínimo de 1 plaza por cada 100m2 de techo edificable, de las que al menos el 50% deberán ser de uso público, por lo que el número de plazas previstas, 332, habrá de incrementarse al menos hasta 370.Tercero. Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se notificará a los

interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y

41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.Contra esta

Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos

22.3 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, modificado por la Disposición Transitoria Unica del Decreto 202/2004, de 11 de mayo y 48.2, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime

procedente.Huelva, 26 de octubre de 2005.- La Delegada, Rocío Allepuz Garrido.

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