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La Orden de 10 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2005 de las subvenciones destinadas a Consorcios Escuela de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía (BOJA núm. 106, de 2 de junio de 2005), establece en su Disposición Adicional Segunda que la convocatoria para sucesivos ejercicios de las subvenciones destinadas a los referidos Consorcios Escuelas se realizará mediante Resolución del Consejero de Empleo, en la que se fijará el plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, en la Disposición Final Segunda de la mencionada norma reguladora, se faculta al titular de la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en la citada Orden.
Por todo ello, al iniciarse el 1 de enero de 2006 el ejercicio presupuestario del nuevo año, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.5 del mismo texto legal, y a propuesta de la Dirección General de Formación para el Empleo,
R E S U E L V O
Primero. Efectuar la convocatoria de solicitud para el año
2006 de las subvenciones reguladas en la Orden de 10 de mayo de 2005, a los Consorcios Escuela de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía.
Segundo. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los Consorcios Escuela relacionados en el Anexo I de la mencionada Orden de 10 de mayo de 2005.
Tercero. Las solicitudes y documentación anexa correspondiente se presentarán entre el 16 de enero y el 15 de febrero de
2006, según lo previsto en el artículo 7 de la citada Orden de
10 de mayo de 2005.
Sevilla, 5 de diciembre de 2005
ANTONIO FERNANDEZ GARCIA
Consejero de Empleo
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