Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 254 de 31/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 21 de diciembre de 2005, por la que se delega en el Organismo Autónomo Patronato de la Alhambra y Generalife la competencia para la adquisición del conjunto de fincas registrales que conforman el "Carmen de Bellavista" incluido dentro del perímetro del "Plan Especial de Protección y Reforma Interior de la Alhambra y los Alijares", de Granada.

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Por Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones y servicios del Estado en materia de cultura, y entre ellas, las funciones y servicios que el Estado ejercía por sí o por medio del Patronato de la Alhambra y Generalife en relación con el conjunto monumental del mismo nombre en Granada, y especialmente las siguientes: custodia, administración y conservación de la Alhambra, Generalife y Palacio de Carlos V, y de todas las edificaciones, bosques, jardines, cultivos y terrenos pertenecientes a la Alhambra y su recinto, y al Generalife y sus anejos, así como la formación y desarrollo de los planes que deberán seguirse en su conservación, restauración, excavaciones e investigaciones a realizar y, en general, cuanto a aquellos se refiera, los afecte y pueda ejecutarse dentro de los límites de sus terrenos y aledaños.

Las actividades programadas para los suelos descritos, cuya gestión urbanística ha sido encomendada a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía requieren, para poder llevar a cabo con autonomía los objetivos de gestión de suelo, que dicha empresa ostente la titularidad dominical, de modo que sea el instrumento de la Administración Pública de Andalucía para la ejecución de los programas que se prevean para estos suelos.

Tras la extinción del Organismo Autónomo del Estado, Patronato de la Alhambra y Generalife, por Real Decreto 565/1985, de 24 de abril; se crea, por Decreto 174/1985, de 31 de julio, de forma provisional y hasta la constitución de un nuevo Organismo Autónomo, la Comisaría para la Alhambra y Generalife de Granada, como órgano periférico de la Consejería de Cultura, y a la que se atribuye la dirección y control de los servicios del conjunto monumental.

Finalmente, por el artículo 29 de la Ley 9/1985, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1986, se crea el Organismo Autónomo de carácter administrativo "Patronato de la Alhambra y Generalife" el cual asumirá todas las funciones relacionadas con el conjunto monumental del mismo nombre que fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto antes citado.

Por el Decreto 59/1986, de 19 de marzo, se aprobaron sus Estatutos. El artículo 4 establece que "el ámbito de actuación territorial en el que el Patronato ejercerá sus competencias será el del recinto monumental de la Alhambra y Generalife y el del perímetro de su zona de protección".

Conforme a lo establecido en el artículo 6 de los mismos, el Patronato tiene entre sus funciones "adoptar cuantas medidas cautelares sean necesarias para la conservación material, paisajísitica y ambiental del recinto" y "la adopción de cuantas medidas y acciones se juzguen necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines, y cualesquiera otras tendentes a resaltar el recinto monumental".

El Patronato de la Alhambra y Generalife, dentro del Plan de actuación para el año 2005, tiene entre sus objetivos la adquisición del conocido como "Carmen de Bellavista", que está integrado, de acuerdo con la Certificación del Registro de la Propiedad núm. 1 de Granada con fecha de 21 de abril del 2005, por las siguientes fincas:

1. Parcela de terreno de secano situada en Granada, en el denominado Paseo del Generalife, camino nuevo del Cementerio, pago del Barranco del Abogado, reducida en la actualidad a nueve áreas sesenta y ocho centiáreas setenta y ocho decímetros cuadrados con motivo de diversas segregaciones anteriores. Linda: al Sur en línea de ochenta y siete metros con la propiedad de don Luis Auguet, Este con la propiedad que antes fue de don Enrique Corazo en línea de treinta y nueve metros, Norte con la finca Carmen de los Mártires en línea de setenta y cinco metros y cinco centímetros al Oeste.

Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Granada en el libro 1063, folio 188, finca 21.673, siendo la fecha de la inscripción el 25 de octubre de 1976.

2. Carmen en la Ciudad de Granada, en el Paseo del Generalife, sin número, Parroquia de San Cecilio, que ocupa en la

actualidad, con motivo de diversas segregaciones efectuadas, la superficie de mil seiscientos catorce metros ochenta y tres decímetros cuadrados. Linda: al frente con el Paseo del Generalife en línea de 7,50 metros, derecha finca de don Alberto Ramón Corazo Cid y doña Carmen Pleiffer de Forninica y Corsi, izquierda, finca de herederos de la viuda de Mister Temple. El perímetro de esta finca es el siguiente: partiendo del límite de la misma con la finca de herederos de la viuda de Mister Temple, en Paseo del Generalife.

Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Granada en el libro 1063, folio 190, finca 20.885, siendo la fecha de la inscripción el 25 de octubre de 1976.

3. Un Carmen llamado de Bellavista en la Alameda de la

Alhambra, inmediato al Hotel Washington Irving, hoy Camino Viejo del Cementerio, Parroquia de San Cecilio, se compone de siete paratas sostenidas por albarradas, midiendo todo ello veintidós áreas treinta y ocho centiáreas, dentro de la cual se comprende una casa habitación con bajos y altos y otro edificio denominado El Mirador, con tres plantas, midiendo aquella 38,39 metros cuadrados. Asimismo se comprende dentro de su perímetro cuatro cuevas y una placeta con fuente de piedra. Linda al Norte con el Camino del Generalife, Sur con la finca nombrada de Los Mártires, Oeste, la finca de los Mártires y el Hotel Washington Irving y al Este el Paseo de entrada principal de la finca primitiva, el cual queda

totalmente incorporado a la que se describe y es límite a partir del pilar derecho en que gira la cancela de hierro.

Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Granada en el libro 1063, folio 186, finca 3.825, siendo la fecha de la inscripción el 25 de octubre de 1976.

Siendo esta la situación inicial de la propiedad, se procede, posteriormente a la agrupación de las tres fincas, conformando en la actualidad una sola unidad sin que exista separación física de las mismas, si bien, tal incidencia no ha sido anotada en el Registro de la Propiedad.

Este Carmen se encuentra dentro del Plan de Protección y Reforma Interior de la Alhambra y Alijares, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Granada, con fecha 31 de marzo de

1989.

Con el objetivo de alcanzar los fines antes expuestos, por el Patronato se ha manifestado la necesidad de la adquisición de una finca de propiedad particular antes citada, para su integración y adecuación al Conjunto Monumental.

Asimismo, se ha solicitado que se delegue en el Patronato de la Alhambra y Generalife, y en su representación en el

Director del Organismo Autónomo, al que según el artículo.1, f y h, de los Estatutos del Patronato, corresponde autorizar las medidas extraordinarias urgentes de conservación del recinto Monumental, así como disponer gastos y ordenar pagos, en el ejercicio de las facultades que, como titular de los bienes y derechos, le corresponden, para la adquisición directa de las fincas que interesan.

En cumplimiento de dicha previsión, vista la propuesta de la Dirección General de Patrimonio, se estima conveniente acordar la delegación solicitada en dicho Organismo Autónomo, como órgano más idóneo a estos fines, tanto desde el punto de vista técnico como territorial.

En su virtud, de conformidad con las normas citadas,

A C U E R D O

Primero. Delegar en el Patronato de la Alhambra y Generalife la competencia para perfeccionar la adquisición del conjunto de fincas registrales que conforman el "Carmen de Bellavista" incluido dentro del perímetro del "Plan Especial de Protección y Reforma Interior de la Alhambra y los Alijares", de Granada, así como las facultades previstas en los artículos, 159 y 160 del Reglamento de aplicación de la Ley del Patrimonio,

aprobado por Decreto 276/1986, de 11 de noviembre.

Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten al amparo de la presente Orden indicarán expresamente esta circunstancia, considerándose dictadas por el órgano

delegante.

Tercero. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de diciembre de 2005

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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