Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 11/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 3 de enero de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la Fundación Paz y Solidaridad Andalucía.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Paz y Solidaridad Andalucía, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 20 de diciembre de 2004 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de don Antonio Andrades Romero, en nombre y representación de la Fundación, para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La Fundación fue reconocida y clasificada como de asistencia social por Resolución de 4 de abril de 1997 del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

Tercero. La modificación estatutaria afecta, en general, a la adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, habiéndose modificado, además a diversos aspectos del régimen de la fundación.

Cuarto. A dicha solicitud se adjuntó copia autorizada y simple de la escritura pública de adaptación de los estatutos a la Ley 50/2002, otorgada el 1 de octubre de 2004 ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla don Pedro Antonio Romero Candau, registrada con el número 5.041 de su protocolo.

Quinto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación el 24 de junio de 2004, sobre aprobación de la modificación de los Estatutos, refundiéndolos en un solo texto, así como el texto íntegro de los mismos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto

279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre; la Secretaría General Técnica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social ha prestado su conformidad a la modificación de la norma estatutaria mediante Resolución de 1 de diciembre de 2004.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de

inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el

Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Paz y Solidaridad Andalucía que se contienen en la escritura pública de 1 de octubre de 2004, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla don Pedro Antonio Romero Candau, bajo el núm. 5.041 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de

Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 3 de enero de 2005.- La Directora General,

M.ª Luisa García Juárez.

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