Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 22/02/2005

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda dimanante del rollo de apelación núm. 7587/2004. (PD. 562/2005).

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NIG: 4109100C20030024833.

Núm. procedimiento: Apelación Civil 7587/2004. Asunto: 200794/2004.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 1049/2003. Juzgado de origen: Primera Instancia. Sevilla núm. Tres. Negociado: 6R.

Apelante: Mercedes Guillermo Montero de Espinosa. Apelado: Mercedes Guillermo Montero de Espinosa y herederos desconocidos de Mercedes y Julio Fuertes Vidal.

EDICTO

Audiencia Provincial de Sevilla 2.

Recurso: Apelación Civil 7587/2004.

Don Antonio Elías Pérez Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de Herederos de Mercedes y Julio Fuertes Vidal y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal para llevar a efecto la diligencia de notificación de la Sentencia recaída en Primera Instancia y de la Sentencia recaída en esta Sección, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se insertan a continuación:

Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla. Encabezamiento

Vistos por doña Antonia Roncero García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de los de esta capital, los autos de Juicio Ordinario 1049/03-5, de los que se tramitan ante este Juzgado promovido por el Procurador Sr. Escudero Morcillo en nombre de doña Mercedes Guillermo Montero de Espinosa contra los herederos de doña Mercedes Fuertes Vidal y de don Julio Fuertes Vidal declarados en rebeldía, dicta la presente resolución, en base a los siguientes.

Parte Dispositiva

Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Escudero Morcillo en nombre de doña Mercedes Guillermo Montero de Espinosa contra los herederos de doña Mercedes Fuertes Vidal y don Julio Fuertes Vidal absuelvo a los demandados de los pedimentos formulados con imposición de las costas procesales al actor.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA SECCION SEGUNDA

Encabezamiento

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de doña Mercedes Guillermo Montero de Espinosa que en el recurso es parte apelante, contra Herederos de Mercedes y Julio Fuertes Vidal.

Parte Dispositiva

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Escudero Morcillo en nombre y representación de doña María de las Mercedes Guillermo Espinosa de los Monteros contra la sentencia dictada por el Jugado de Primera Instancia núm. Tres de esta ciudad, debemos revocar y revocamos la misma y en su virtud debemos declarar y declaramos que los hermanos doña María de las Mercedes y don Igenio Guillermo Montero de Espinosa son propietarios y detentan el dominio del inmueble sito en la Plaza de Churruca, núm. de esta ciudad y ello sin expreso pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en ninguna de las dos instancias. Una vez firme la presente resolución expídase el oportuno testimonio a los efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente. Y para que conste y sirva de notificación al demandado rebelde expido el presente en Sevilla, a 17 de enero de 2005.- El Secretario Judicial.

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