Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 07/01/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 28 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la de 15 de julio de 2004 que aprueba la resolución definitiva de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Auxiliares de Enfermería, aprobándose nueva relación definitiva de aspirantes que han superado dicha fase, y anunciándose su publicación en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del SAS y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud.

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Estimado por esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional el recurso potestativo de reposición interpuesto por doña Adela María Toledano Maldonado, con DNI.793.022, contra la Resolución de 15 de julio de 2004, de esta Dirección General, por la que se aprueba, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, la resolución definitiva de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Auxiliares de Enfermería (BOJA núm., de

23 de julio), y habiéndose dado traslado al citado Tribunal del expediente correspondiente al aspirante afectado, mediante Resolución de esta Dirección General de 20 de septiembre, a fin de que procediera a una nueva valoración de los méritos, dicho Tribunal ha elevado a esta Dirección General, para su aprobación, nueva relación definitiva de aspirantes que superan la fase de selección del proceso extraordinario y que modifica la aprobada mediante Resolución de 15 de julio de

2004.

Por tanto, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Aprobar, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, una nueva relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Auxiliares de Enfermería - convocado por Resolución de 7 de mayo de 2002 (BOJA núm. 69, de 13 de junio)- la cual modifica y sustituye a la relación que fue aprobada por Resolución de 15 de julio de 2004.

Segundo. Aprobar, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, la Relación definitiva de aquellos aspirantes que, habiendo superado la oposición, no suman puntos suficientes para superar la citada fase de selección, la cual modifica y sustituye a la relación que fue aprobada por Resolución de 15 de julio de 2004.

Tercero. Anunciar la publicación de dichas Relaciones Definitivas en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los aspirantes que no figuren incluidos en ninguna de dichas relaciones tienen la consideración de No Aptos.

Dichas relaciones se publican por orden alfabético y en las mismas consta la puntuación consignada por los aspirantes en el autobaremo de méritos presentado por los mismos; la puntuación obtenida en la fase de oposición; la puntuación obtenida en la fase de concurso, desglosada conforme a los apartados del baremo contenido en el Anexo II de la Resolución de convocatoria; y el número de orden obtenido por aquellos aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Cuarto. Anunciar, que conforme al contenido de las actas del Tribunal Calificador, ninguno de los opositores que definitivamente han superado la fase de selección de la categoría de Auxiliares de Enfermería se encuentra en activo ni tiene plaza reservada, como personal estatutario fijo de la misma categoría a la que concursa, en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, por lo que no procede

incrementar las plazas ofertadas.

Quinto. Conforme a lo establecido en la base 4.1 del Anexo I de la Resolución de convocatoria, los aspirantes que hubieran superado la fase de selección dispondrán de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar ante esta Dirección General la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.6.1.b) o, en su caso, fotocopia de la justificación acreditativa de haberlo solicitado -habiendo abonado los correspondientes derechos para su obtención- antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme establece la base

2.6.1.e).

d) Certificado expedido por los Servicios de Medicina

Preventiva, Salud Laboral o Medicina Interna de los Servicios de Salud, que acredite que el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, y que confirme la capacidad funcional del mismo para el desempeño del puesto de trabajo.

Sexto. Los aspirantes que ya presentaron la documentación a que hace referencia el párrafo anterior, al amparo de lo previsto en la Resolución de 15 de julio de 2004, no deberán volver a presentarla. Estarán obligados a presentar dicha documentación sólo aquellos aspirantes que figurando en la relación definitiva que ahora se aprueba no figuraban en la relación definitiva anterior.

Séptimo. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el art. 117.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de diciembre de 2004.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

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