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La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 7 de febrero de 2005, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00002/2005, del monte público "Navahondona" cuya parte dispositiva es la siguiente:
"1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte Navahondona, Código de la Junta de Andalucía JA-10001-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, relativo a los enclavados del monte.
2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente. Sevilla, 7 de febrero de 2005. La Consejera de Medio Ambiente, Fuensanta Coves Botella".
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, llamar al teléfono 953 720
125. Asimismo, se ruega concertar cita para la consulta del expediente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Jaén, 17 de febrero de 2005.- La Delegada, Amparo Ramírez Espinosa.
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