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Vista la propuesta de fecha 23 de diciembre de 2004 formulada por la Jefatura del Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Córdoba, sobre ampliación del plazo máximo de resolución y notificación en el procedimiento núm. D-65/04 de desamparo/tutela/guarda de menores, incoado a nombre del menor A.M.E.B., por esta Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social.
Teniendo en cuenta la entrada en vigor del Decreto 42/2002, de
12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, ha supuesto el establecimiento de nuevos procedimientos que, por una parte, garantizan más eficazmente los derechos de los menores, posibilitando la intervención de éstos de modo que las resoluciones adoptadas tengan en cuenta su opinión y, por otra parte, dan especial relevancia al derecho de los padres a la información, práctica de pruebas y audiencia previa a la adopción de la resolución administrativa, suponiendo, en definitiva, el cumplimiento de todos los trámites ordenados por el señalado Decreto 42/2002, de 12 de febrero, el que sea absolutamente imposible la tramitación del presente procedimiento en el plazo de tres meses ordenado en el apartado 3 del artículo 42 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC.
La Comisión Provincial de Medidas de Protección de Córdoba ha acordado, de conformidad con el apartado 6 de dicho artículo
42, la ampliación del plazo de resolución y notificación de tres meses, inicialmente previsto para el citado procedimiento núm. D-65/04, por otro período de tres meses.
Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, según dispone el apartado 6 del artículo 42 de la señalada Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
Como quiera que se ignore el domicilio actual de don Cristino Martínez González, padre del menor, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los interesados.
Córdoba, 3 de enero de 2005.- La Delegada, Soledad Pérez Rodríguez.
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