Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 31/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 16 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a "Becosa Desarrollo de Tecnologías Aplicadas, S.L.", para instalar una planta eólica de generación de energía eléctrica en el término municipal de Osuna (Sevilla). (PP. 775/2005).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 11 de julio de 2003, la empresa "Becosa Desarrollo de Tecnologías Aplicadas, S.L.", con domicilio social en Sevilla, Pabellón de Chile-Isla de la Cartuja, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Sevilla autorización administrativa para realizar una instalación eólica de generación de energía eléctrica, sita en el paraje denominado "Cortijo Valdivia" en el término municipal de Osuna (Sevilla), denominada "Parque Eólico Valdivia".

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del R.D. 1955/2000, de

1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 48, de 10 de marzo de

2004 y en el BOP de Sevilla núm. 7, de 11 de enero de 2005, produciéndose alegaciones en el plazo señalado a tal efecto, presentadas por Gamesa Energía, S.A.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla emitió Declaración de Impacto Ambiental, con fecha 17 de junio de 2004, por la que estima viable la instalación con los condicionados que en la misma se recogen.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente en la materia objeto de la solicitud mencionada, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de

11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el R.D. 1955/2000, citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Sevilla.

Considerando que las alegaciones formuladas por Gamesa Energía, S.A., no constituyen elementos invalidantes en esta fase de autorización administrativa.

Considerando que no consta oposición al proyecto por organismo afectado alguno, ya que la del Ayuntamiento de Osuna es una oposición condicionada al cumplimiento de determinados requisitos, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía

RESUELVE

Conceder autorización administrativa a Becosa Desarrollo de Tecnologías Aplicadas, S.L., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- aerogeneradores (todos localizados en la provincia de Sevilla), con generador asíncrono trifásico de 690 V y potencia nominal de 1.500 kW.

- Rotor tripala de 82 m de diámetro, de eje horizontal y con control de potencia por cambio de pase velocidad de giro variable, con una superficie de rotación de 5.281 m, sobre torre metálica cónica, tubular de acero. Cada aerogenerador lleva incorporado un C.T. de relación 690/20.000 V.- Red eléctrica subterránea de 20 kV, conductor al tipo RHV 20 kV, desde los C.T. de los aerogeneradores hasta la subestación transformadora 20/66 kV ubicada en el mismo parque, unidas por canalización subterránea de 20 kV cuyas características principales son:

Posiciones de 20 kV tipo cabinas de interior y esquema de simple barra.

Posiciones de transformación con un trafo 20/66 kV, de 30 MVA.

Posición de 66 kV tipo exterior convencional de simple barra.

Transformador de servicios auxiliares 20/0,42 kV de 160 kVA.

- Potencia total: 28.500 kW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental

anteriormente citada, así como a la obtención del punto de conexión necesario para evacuar la energía de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000 y la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el Real Decreto 436/2004, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo II del citado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 2 años, sin perjuicio de los plazos que, en su caso, le sean de aplicación como consecuencia del desarrollo del procedimiento establecido en la Orden de 30 de septiembre de 2002 citada anteriormente. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de febrero de 2005.- El Director General, Jesús Nieto González.

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