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NIG: 1102042C20040000821.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 131/2004. Negociado: AP.
De: Inmobiliaria Balmabe, S.L.
Procurador: Sr. Luis M. Osborne García Raez.
Letrado: Sr. Mariano Frías Guerrero.
Contra: Dintel 10, S.L.
EDICTO
Doña Cristina Candelas Barajas, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N)
131/2004 seguido en este Juzgado a instancia de Inmobiliaria Balmabe, S.L. representada por el Procurador Sr. don Luis Osborne García Raez, contra Dintel 10, S.L., sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 58
En Jerez de la Frontera, a nueve de marzo de dos mil cinco.
La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado Juez del Juzgado 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm.
131/04 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Inmobiliaria Balmabe, S.L. con Procurador don Luis Osborne García-Raez y Letrado don Mariano Frías Guerrero, y de otra como demandado Dintel 10, S.L., rebelde,
FALLO
Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por Inmobiliaria Balmabe, S.L. contra Dintel, S.L., debo declarar y declaro justificado el dominio de la entidad actora sobre la siguiente finca: Urbana: Casa, en Jerez de la Frontera, señalada con el número treinta y cinco de la calle Corredera, antes General Franco. Ocupa una superficie de ochocientos ochenta y dos metros cuadrados de solar y mil ciento cuarenta y seis metros cuadrados la construcción, y linda a la derecha, de su entrada, con casa de don Juan Bautista González y don José Máximo Pineda; izquierda, con otra que fue de don Miguel Ponce y por el fondo, con el número doce de la calle Doña Blanca, sobre la que tiene derecho de paso una tubería de aguas potables; inscrita en el Registro de la Propiedad núm. Tres de esta ciudad en el tomo 1.449, libro 429 de la Sección 2.ª, folio
198, finca número 30.011, inscripción 2.ª; con expresa imposición a la entidad demandada de las costas causadas en esta instancia.
Firme la presente Resolución, líbrese mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad número Tres de esta ciudad, a fin de inscribir la finca descrita a nombre de Inmobiliaria Balbame, S.L., con domicilio en Madrid, Avenida del Mediterráneo, núm. 9, y CIF B-43/532795.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al
demandado Dintel 10, S.L., mediante la inserción del presente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera a once de marzo de dos mil cinco.- El/La Secretario.
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