Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 01/04/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 22 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria "Vereda del Camino de Granada", que va desde el núcleo urbano de Arjonilla, hasta la Vereda de Arjonilla, en el término municipal de Arjonilla, provincia de Jaén (VP 876/01).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Vereda del Camino de Granada", en el tramo comprendido desde el núcleo urbano de Arjonilla, hasta la Vereda de Arjonilla, en el término municipal de Arjonilla, provincia de Jaén, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía ecuaria "Vereda del Camino de Granada", en el término municipal de Arjonilla, provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 31 de mayo de 1963.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 12 de diciembre de 2001, se acordó el inicio del deslinde parcial de la vía pecuaria "Vereda del Camino de Granada", en el término municipal de Arjonilla, en la provincia de Jaén.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 3 de julio de 2002, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 103, de fecha 7 de mayo de 2002.

En dicho acto de deslinde no se formulan alegaciones por parte de los asistentes.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm., de fecha 28 de abril de 2003.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Habiéndose detectado la falta de notificación de algunos interesados, se convocó el día 1 de diciembre de 2003 a los afectados que no fueron notificados del acto de apeo, informándoles de los trabajos realizados hasta la fecha, y se les concedió posteriormente un nuevo trámite de audiencia durante un mes y veinte días, sin que en dicho plazo se presentaran alegaciones.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo informe con fecha 15 de febrero de 2005.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente procedimiento de deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda del Camino de Granada", en el término municipal de Arjonilla (Jaén), fue clasificada por Orden Ministerial de 31 de mayo de 1963, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el

Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la propuesta de deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, con fecha 12 de marzo de 2004, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, emitido con fecha 15 de febrero de

2005,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino de Granada", tramo que va desde el núcleo urbano de Arjonilla, hasta la Vereda de Arjonilla, en el término municipal de Arjonilla, provincia de Jaén, conforme a los datos y

descripción que siguen, y a las coordenadas UTM que se anexan a la presente.

- Longitud deslindada: 1.325,96 metros.

- Anchura: 20,89 metros.

- Superficie deslindada: 27.692,24 m.

Descripción: Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de

Arjonilla, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 1.325,96 metros, la superficie deslindada de 27.692,24 m, que en adelante se conocerá como "Vereda del Camino de Granada", tramo que va desde el núcleo urbano de Arjonilla hasta la "Vereda de Arjonilla", que linda:

Al Norte: Con el casco urbano del municipio de Arjonilla.

Al Este:

Colindancia Titular Polígono y parcela

1 Raigón Gómez, Miguel 7/67

3 Gómez Díaz, Manuel 7/70

5 Gómez Díaz, Manuel 7/71

9 Montoro López, Manuel 7/72

11 González Carmona, Francisca 7/73

15 Carmona Zafra, Diego 7/265

17 López Gómez, Manuel 7/148

19 Pérez Jacome, Estrella 8/149

21 Lara Carmona, Pedro 7/157

25 Lara Carmona, Pedro 7/158

27 García Moreno, Antonia 7/159

29 López Aybar, Roque 7/162

31 Víctor Torras, Mariano 7/163

35 Chillaron Carmona, Roque 7/169

39 Castillo Carmona, Antonio 7/171

41 Carmona Nevado, Carmen 7/172

43 Carmona Segado, Isabel 7/173

Al Sur: Con la Vereda de Arjonilla.

Al Oeste:

Colindancia Titular Poligono y parcela

2 Rueda Montoro, Roque 8/81

4 Lara Carmona, Luis 8/3

6 Lara Carmona, Pedro 8/4

8 Torrealba del Río, Dolores 8/6

10 Castillo Jalón, Antonio 8/7

12 Hernández Carmona, Pedro 8/8

14 Ruz Cardeña, Ana 8/9

16 Víctor Mercado, Juan Santiago 8/10

20 Millán Mercado, Diego 8/12

22 Hernández Carmona, Miguel 8/37

24 Pons Gómez, Miguel 8/38

26 García Ruiz de los Mozos, Rafael 8/39

28 López Albín, Vicente 8/71

30 García Ruiz de los Mozos,Encarnación 8/72

32 Navarrete Nevado, Antonio 8/73

36 Zafra Gómez, Dolores 8/93

38 Desconocido 8/194

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 22 de febrero de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2005 DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL CAMINO DE GRANADA", QUE VA DESDE EL NUCLEO URBANO DE ARJONILLA, HASTA LA VEREDA DE ARJONILLA, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE ARJONILLA, PROVINCIA DE JAEN (VP 876/01)

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