Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 14/4/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 11 de marzo de 2005, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia de 11 de noviembre de 2004 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla recaída en el Procedimiento Abreviado 406/2004.

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Sevilla, en el Procedimiento Abreviado 406/2004, interpuesto por doña María Cinta González Pérez, contra la Resolución de 30 de octubre de 2003 de esta Delegación Provincial de Economía y Hacienda, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la misma, concretamente sobre la adjudicación de la plaza Sección de Sucesiones y Donaciones (código: 6606610), dictó Sentencia de

11 de noviembre de 2004, decretándose en su parte dispositiva lo siguiente: "Fallo: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de doña M.a Cinta González Pérez contra la Resolución a que se refiere el presente recurso y que se expresa en el fundamento jurídico primero de la presente, que se anula por no resultar ajustada a Derecho en el particular relativo a la puntuación otorgada a la recurrente por el apartado valoración del trabajo desarrollado, debiendo la Comisión de Valoración proceder a la valoración correspondiente en su caso y a motivar adecuadamente la decisión adoptada. Sin costas".

Habiendo sido ordenado por el Juzgado de referencia llevar la expresada Resolución a puro y debido efecto, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, por Resolución de 21 de febrero de 2005, de la titular de la Viceconsejería de Economía y Hacienda, de conformidad con la delegación de competencias efectuada por la Orden de este departamento de 25 de febrero de 1994, se dispone el cumplimiento de la misma, así como el traslado a esta Delegación Provincial para que se lleven a cabo cuantas actuaciones y trámites sean pertinentes para ello. Reunida la Comisión de Valoración del concurso con fecha 7 de marzo de 2005 y teniendo como único punto del orden del día el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo de la Sentencia en cuestión, ha formulado la siguiente propuesta:

"El puesto de trabajo solicitado por la interesada, Sección Sucesiones y Donaciones, código 6606610, tiene como requisito para el desempeño 2 años de experiencia en el área funcional Tributos, relacional Hacienda Pública, tal y como se recoge en el Anexo I-A de la Resolución de convocatoria. Doña M.a Cinta González Pérez indica en su solicitud (apartado

2 del Anexo 6 de la misma) que le sea tenido en cuenta para cumplir el requisito mencionado el tiempo de trabajo desempeñado en el puesto de trabajo Asesor Liquidador, en el que tomó posesión el 29.6.2001 y que se computaría hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, esto es, hasta el 28.7.2003, según consta en la hoja de acreditación de datos, lo cual da como resultado 2 años y 29 días.

Por otro lado, en el apartado "valoración del trabajo desarrollado" la concursante se puntúa con 2,2 computándose para ello los dos años desempeñados en el puesto de trabajo Titulado Superior, código 3302810, esto es desde 2.3.2001 hasta el 28.7.2003, ejerciendo así la opción prevista en el apartado

1 de la Base Cuarta "Reglas particulares para la aplicación del Baremo" de la Resolución de 7 de julio de 2003 de convocatoria del concurso, de valorarse el puesto que tiene en reserva como titular definitivo, ya que el efectivamente desempeñado vía artículo 30 de la Ley 6/85, de 28 de noviembre, durante estos dos mismos años (desde el 29.6.2001 hasta el 28.7.2003) ha sido el puesto de Asesor Liquidador, código 193910.

La Comisión, dado que la concursante no tiene acreditados otros años completos de servicios, ha de restar de los que la demandante alega como méritos (Titulado Superior, código

3302810, del 2.3.2001 hasta 28.7.2003) aquéllos que la misma hace constar en su solicitud para computar la experiencia de 2 años exigida en la RPT (Asesor Liquidador, código 193910, del

29.6.2001 hasta 28.7.2003), dando así cumplimiento al art. 40 del Decreto 2/2002, de 9 de enero (no podrán valorarse como méritos aquellos requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo para el desempeño del puesto), a la Base Tercera de la Resolución de 7 de julio de 2003 de convocatoria del concurso (no serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la RPT para el puesto de trabajo al que se aspira, los cuales en todo caso deberá cumplir el

solicitante) y a la Base Cuarta, apartado 2 (los diez años se computarán a la fecha de finalización del plazo de solicitudes de esa convocatoria y de los mismos se excluirá el tiempo exigido como experiencia previa señalado para ese puesto en la RPT).

A la vista de lo anterior, cabe concluir que de los dos años de trabajo desarrollado alegados como méritos, que son todos los que tiene declarados la demandante, se deben restar los requeridos como de experiencia, por lo que la Comisión valora con 0 puntos este apartado, obteniendo un resultado final de

6,105 puntos.

En este sentido, hay que señalar que iguales circunstancias se dan en la otra aspirante al puesto en cuestión, Sra. García Páez, que siendo del mismo cuerpo y promoción (el ingreso en la Administración de la Junta de Andalucía se produce tres días después que la anterior concursante), tampoco obtiene

puntuación alguna en el apartado "trabajo desarrollado". Esta persona tiene los mismos años de trabajo desarrollado en un puesto de trabajo del área exigida pero dicho período de tiempo lo necesita para cumplir con el requisito de 2 años de

experiencia, habiendo alcanzado una puntuación final de 7,15 puntos.

Por todo lo anterior esta Comisión acuerda proponer al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Economía y Hacienda la confirmación de la adjudicación del puesto Sección Sucesiones y Donaciones, código 6606610, a doña Angélica García Páez por ser la

candidata con mayor puntuación."

En virtud de los antecedentes citados y en uso de las

atribuciones otorgadas a esta Consejería por el artículo único, apartado 9, del Decreto 56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal y de la delegación de competencias efectuada por la Orden de 21 de diciembre de 1998,

D I S P O N G O

Primero. Aceptar la propuesta de la Comisión de Valoración confirmando la adjudicación del puesto de trabajo Sección de Sucesiones y Donaciones (código 6606610) a D Angélica García Páez, por ser la candidata con mayor puntuación para este puesto.

Segundo. Notificar la presente Resolución a los interesados y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Trasladar igualmente esta Resolución, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Sevilla, para el debido conocimiento y constancia en el Procedimiento Abreviado

406/2004.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el mismo o ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a tenor de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 11 de marzo de 2005.- El Delegado, Juan F. Mesa Parralejo.

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