Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 28/04/2005

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, de orden de inicio del deslinde parcial, Expte. núm. MO/00006/2004, del Monte "Dehesa del Perro, Cerro de Garcibravo y Cerro del Hornito", en la parte correspondiente al perímetro exterior de la zona norte del monte comprendido entre la intersección de la Ctra. SE-537 con la prolongación de la calle de la Cruz hasta el Arroyo de los Frailes, incluido el "Cerro del Hornito" y el enclavado "Viña Vieja", con código SE-30001- CCAY.

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La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 17 de marzo de 2005, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00006/2004, del Monte Público "Dehesa del Perro, Cerro de Garcibravo y Cerro del Hornito", en la parte correspondiente al perímetro exterior de la zona norte del monte comprendido entre la intersección de la Ctra. SE-537 con la prolongación de la Calle de la Cruz hasta el Arroyo de los Frailes, incluido el "Cerro del Hornito" y el enclavado "Viña Vieja", con código de la Junta de Andalucía SE-30001-CCAY, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte "Dehesa del Perro, Cerro de Garcibravo y Cerro del Hornito", código de la Junta de Andalucía SE-30001-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Aznalcóllar y sito en el término municipal de Aznalcóllar, provincia de Sevilla, relativo al perímetro exterior de la zona norte del monte comprendido entre la intersección de la Ctra. SE-537 con la prolongación de la Calle de la Cruz hasta el Arroyo de los Frailes, incluido el "Cerro del Hornito" y el enclavado "Viña Vieja".

2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente.

El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

Contra este acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa, pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en Avda. de la Innovación, s/n, Polígono Aeropuerto, 41020, Sevilla, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.

A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.

Sevilla, 22 de marzo de 2005.- La Delegada, Pilar Pérez Martín.

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