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El Ayuntamiento de La Palma del Condado, mediante Acuerdo de 25 de octubre de 2004, ha solicitado la reversión de una parcela de 103,43 m de la finca cedida en 2001 con destino a edificio judicial, por precisar dicho terreno para la realineación de una calle. Solicitud que ha sido informada favorablemente por la Consejería de Justicia y Administración Pública.
La Consejería de Economía y Hacienda ha llevado a cabo la previa desafectación de dicha parcela.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día
11 de abril de 2005,
ACUERDA
Primero. Acceder a la reversión a favor del Ayuntamiento de La Palma del Condado (Huelva), de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, de una parcela de 103,43 m, cuya descripción y lindes obran en el expediente, que será segregada de la finca con cabida de 1.053,37 m, que obra inscrita a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Registro de la Propiedad de La Palma del Condado al folio
176 del tomo 1.618, libro 226, finca núm. 13.509.
Segundo. La presente reversión será formalizada en escritura pública o documento administrativo en donde se hará constar declaración relativa a que correrán a cargo del Ayuntamiento todos los gastos derivados de la misma.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se realizarán cuantas actuaciones sean precisas para la efectividad del presente Acuerdo.
Sevilla, 11 de abril 2005
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Economía y Hacienda
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