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De conformidad con los arts. 59.4 y 61 de la Ley/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio haciendo saber a los interesados que, conforme al art. 44 del Decreto 282/2002, los padres biológicos del menor podrán comparecer en un plazo de quince días, en este organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm., de Granada, desde la notificación de esta resolución, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estime conveniente y conocer el contenido íntegro del procedimiento.
Expte.: 038/05, que con fecha 3 de marzo de 2005, se ha dictado Acuerdo de inicio de Procedimiento de Desamparo y Resolución Provisional de Desamparo, respecto de la menor recién nacida hija de Sinorina Mariora Muntreanu, nacida en Granada, el día 4.4.91, pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de 1.ª Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 25 de abril de 2005.- La Delegada, Rosario Quesada Santamarina.
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