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Vista la Orden de 25 de enero de 2005, de concesión de subvenciones a Entidades Locales en 2005 para mejora de su infraestructura (BOJA núm. 28, de 9 de febrero de 2005), y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En la disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades Locales.
Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades Locales que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada Entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.
II. La Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
III. El artículo 59.5 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.
A la vista de lo anteriormente expuesto,
R E S U E L V O
1. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Delegación del Gobierno de Málaga la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
2. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.
Málaga, 6 de mayo de 2005.- El Delegado del Gobierno, José Luis Marcos Medina.
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(*)Documentos a aportar/subsanar:
01 Impreso de solicitud
05 Proyecto de realización de obras (Anexo 5)
06 Proyecto de adquisición de bienes inventariables (Anexo
6)
07 Certificación de la obtención de otras subvenciones o ayudas
08 Acreditación condición o ejercicio actual del cargo de Alcalde o Presidente
09 Certificación de no haber recaído resolución firme de reintegro
10 Certificado de la liquidación del presupuesto de 2003 (Anexo 9)
12 Copia autenticada del Código de Identificación Fiscal de la entidad
13 Factura proforma (IVA incluido) desglosada, firmada y sellada
14 Memoria técnica descriptiva
15 Plano de situación-emplazamiento
16 Planos de todas las plantas con cuadros de superficies útiles y construidas
17 Planos de alzados y secciones generales
18 Presupuesto estimado, desglosado por capítulos
19Precontrato de adquisición del solar o edificio
20Acuerdo, del órgano competente, de adquisición del solar o edificio
21 Certificado de tasador independiente, acreditado y
registrado
22 Certificado justificativo de la no aportación de
documentación requerida
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