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Vista la comprobación de los pagos efectuados a las guarderías "El Olivo" y "Santa Catalina" por parte de doña Gema Pancorbo Pegalajar y Vicente García Flores se ha constatado que durante los meses de enero a abril y de mayo a junio ambos incluidos correspondientes al curso 2004/2005 han suspendido los interesados arriba indicados los pagos de las cuotas correspondientes a dichos meses, habiéndose requerido el pago, y a tenor del Decreto 137/2002 y la Orden de 6 de mayo de 2002, por el que se regula el procedimiento de admisión en los Centros de Atención Socioeducativa, gestionados por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
R E S U E L V O
Primero. Caso de no proceder a su abono en el plazo de 15 días desde la recepción de esta Resolución se procederá a trasladar el expediente a la Consejería de Economía y Hacienda, para que proceda a su recaudación por vía de apremio conforme establecen los artículos.a) y 97 de la Ley 30/92, y artículos
68 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Mediante este documento se notifica al solicitante y demás interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Jaén, 22 de diciembre de 2005.- La Delegada, Simona Villar García.
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