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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos Resolución de expediente sancionador, y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Interesado: Incamármol, S.L.
Ultimo domicilio conocido: C/ Llano de la Herrera, 23, 04867, Macael (Almería).
Acto que se notifica: Resolución expediente sancionador.
Precepto vulnerado: Artículo 70.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, en relación con el artículo 147 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Sanción: Trescientos (300) euros.
Recurso: Alzada en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la publicación de este acto.
Según el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC, se le comunica que el expediente obra en el Servicio de Industria, Energía y Minas, Departamento de Sanciones y Reclamaciones, de la Delegación Provincial en Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, C/ Hermanos Machado, núm. 4, 2.ª planta, a los efectos de tener conocimiento íntegro del mencionado requerimiento y de los documentos que constan en el expediente.
Almería, 23 de mayo de 2006.- El Delegado, Francisco Javier de las Nieves López.
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