Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse la notificación y no poderse practicar, podrá comparecer en el plazo de diez días ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Jaén, Paseo de la Estación, 19, 3.ª planta, para la notificación del contenido íntegro de la mencionada Resolución de fecha 9 de mayo de 2006 sobre la Resolución de Ratificación de Cese de Acogimiento Temporal y constitución de Acogimiento Residencial, en el procedimiento de desamparo núm. 353-2005-23-47, referente al menor: C. J. B. G.
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.
Jaén, 2 de junio de 2006.- La Delegada, Simona Villar García.
Descargar PDF