Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En base a lo dispuesto en el artículo 6.6 de la Orden de 28 de julio de 2005 (BOJA núm. 22, de 9 de agosto de 2005), con fecha 1 de enero de 2006 y hasta el 1 de febrero del mismo año, ambos días incluidos, fue abierto el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones para la promoción de eventos comerciales que se celebren en Andalucía.
El artículo 9.6 de la citada Orden establece que el plazo para dictar la correspondiente resolución por la Delegación Provincial de Turismo Comercio y Deporte en Jaén, es de seis meses, contado a partir del día siguiente de la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
A la vista de la fase en el que se encuentra el procedimiento, y pese a encontrarse habilitados todos los medios materiales y personales disponibles al efecto, resulta inviable el cumplimiento del plazo de resolución inicialmente previsto.
Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las competencias conferidas y a propuesta del Jefe del Servicio de Comercio.
D I S P O N G O
Ampliar el plazo para resolver y notificar las subvenciones de las ayudas convocadas por Orden de 28 de julio de 2005, para la convocatoria del año 2006, por un período de tres meses.
Contra la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.
Jaén, 22 de junio de 2006.- La Delegada, Antonia
Olivares Martínez.
Descargar PDF