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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos con fecha 9.5.2006 y 17.6.2006, el Acuerdo de resolución de caducidad de expediente de apertura de sondeo en t.m. de Níjar, y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Expediente: Expediente presentado con fecha de 28.1.1998 y núm. de registro de recepción 1.998, de Apertura de Sondeo en el paraje La Molina, t.m.: Níjar.
Interesado: Don Juan Manuel Sáez Martínez.
Ultimo domicilio conocido: Avda. Constitución, s/n, 04117, San Isidro-Níjar (Almería).
Acto que se notifica: Resolución de caducidad de expediente de apertura de sondeo en el paraje La Molina, t.m.: Níjar.
Motivo de la caducidad: No presentar la Autorización del Organismo de Cuenca, estando en un acuífero declarado como sobreexplotado y no presentar tasas.
Plazo de audiencia: 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este acto.
Según el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC, se le comunica que el expediente obra en el Servicio de Industria, Energía y Minas, Departamento de Minas, de la Delegación Provincial en Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, C/ Hermanos Machado, núm. 4, 2.ª planta, a los efectos de tener conocimiento íntegro de la mencionada Propuesta de Resolución y de los documentos que constan en el expediente.
Almería, 23 de junio de 2006.- El Delegado, Francisco Javier de las Nieves López.
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