Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 31/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de julio de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, sobre composición de las Mesas de Contratación de los Centros de Transfusión Sanguínea.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Resolución de 18 de diciembre de 2000, del Servicio Andaluz de Salud, sobre composición de las Mesas de Contratación del Servicio Andaluz de Salud, establece en su punto sexto que, en los Centros de transfusión Sanguínea, la Mesa de Contratación estará compuesta por el Administrador del Centro, como Presidente, el Interventor Provincial o Interventor Adjunto, un Letrado de Administración Sanitaria y un Facultativo Especialista de Area adscrito al Centro, como vocales, actuando como secretario un Administrativo o Auxiliar Administrativo del Centro.

Posteriormente, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, determina en su art. 79 que las Mesas de Contratación estarán constituidas por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un secretario.

En consecuencia, procede adecuar la composición de las Mesas de Contratación de los Centros de Transfusión Sanguínea a la citada norma, ya que -al no existir en el ámbito de la Junta de Andalucía norma legal ni reglamentaria que regule la composición de las Mesas de Contratación- ha de aplicarse supletoriamente la norma estatal, aunque se trate a estos efectos de legislación no básica.

Por las razones expuestas y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Decreto 241/2004, de 18 de mayo,

R E S U E L V O

Primero. En los Centros de Transfusión Sanguínea, la Mesa de Contratación estará compuesta por:

Presidente: El Administrador del Centro.

Vocales:

- El Interventor Provincial o Interventor Adjunto.

- Un Letrado de Administración Sanitaria.

- Dos facultativos, adscritos al Centro de Transfusión Sanguínea correspondiente, designados por el Organo de Contratación del Centro.

Secretario: Un Administrativo o Auxiliar Administrativo designado por el Organo de Contratación del Centro.

Segundo. Queda sin efecto, expresamente, el punto sexto de la Resolución de 18 de diciembre de 2000, del Servicio Andaluz de Salud, sobre la composición de las Mesas de Contratación en el Servicio Andaluz de Salud, así como en todas aquellas Resoluciones de igual rango que se opongan a la presente.

Tercero. La presente Resolución tendrá efecto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de julio de 2006.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

Descargar PDF