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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haber sido posible la notificación personal por desconocimiento del domicilio, se hace público para conocimiento de los siguientes interesados el Acuerdo de Inicio de Deslinde:
Nombre: Diego Salguero Medinilla.
Polígono: 2.
Parcela: 8.
Término municipal: Grazalema.
Nombre: Vicente Masabeu Vidal.
Polígono: 16.
Parcela: 3.
Término municipal: Grazalema.
Nombre: Diego Medinilla Sierra.
Polígono: 16.
Parcela: 1.
Término municipal: Grazalema.
Nombre: Antonia Medinilla Sierra.
Polígono: 17.
Parcela: 39.
Término municipal: Grazalema.
La Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 29 de mayo de 2006, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00002/2006, del monte público "Campo de las Encinas y los Laureles", propiedad del Ayuntamiento de Grazalema y sito en el término municipal de Grazalema, provincia de Cádiz, cuya parte dispositiva es la siguiente:
"1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte "Campo de las Encinas y los Laureles", Código de la Junta de Andalucía CA-51021-AY, propiedad del Ayuntamiento de Grazalema y sito en el término municipal de Grazalema, provincia de Cádiz, en la parte correspondiente al perímetro exterior y enclavados, exceptuando su tramo de colindancia con el monte público "Breña del Boyar y Apeadero del Hondón", situado en el término municipal de Benaocaz y perteneciente al Ayuntamiento de dicho municipio.
2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente".
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se le comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren su pretendida titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, deberá llamar al teléfono 952 o 956, así como concertar cita para la consulta del expediente.
Cádiz, 12 de julio de 2006.- La Delegada, Isabel Gómez García.
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