Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 09/08/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

DECRETO 145/2006, de 18 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de los Marqueses de Viana en Garcíez (Bedmar y Garcíez, Jaén).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y ling³ísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

II. El palacio de los Marqueses de Viana en Garcíez es uno de de los grandes edificios civiles de estilo renacentista construidos en la provincia de Jaén. Fue levantado por los herederos del antiguo señorío del condado de Garcíez, cuyo origen se remonta a la Conquista cristiana y se mantuvo como patrimonio heredado hasta el siglo XX por los marqueses de Viana Castromonte.

El edificio ha tenido una gran importancia para la colectividad de Garcíez, tanto a nivel económico y social, que trasciende la propia historia del señorío y sus sucesivos propietarios, como en la configuración urbanística de la localidad.

Pese a las numerosas remodelaciones que ha sufrido a lo largo del tiempo, el inmueble mantiene la estructura original de un palacio renacentista italiano. Desde el punto de vista artístico, es un edificio singular en el panorama de la arquitectura del siglo XVI en la provincia. Destacan las seis portadas, parte de las galerías porticadas de los dos patios, decoradas con motivos renacentista, medallones y heráldica, así como, la magnifica escalera dispuesta con zapatas labradas en piedra y decoradas con carros de la abundancia y puttis de resabios platerescos.

III. Por Resolución de 8 de febrero de 1983 de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura, (BOE número 72 de 25 de marzo de 1983), fue incoado expediente de declaración de Monumento Histórico Artístico a favor del Palacio Garcíez, en Garcíez (Jaén), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria sexta, apartado uno, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En la tramitación del procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, así como en el artículo de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, han emitido informe favorable a la declaración la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando en Madrid, en sesión de 9 de enero de 1984; la Real Academia de la Historia en Madrid, en sesión de 26 de julio de 1985; y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Jaén, en sesión de 25 de septiembre de 2002.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 98, de 22 de agosto de 2002), y concediéndose trámite de audiencia al Ayuntamiento y particulares interesados. A los interesados cuyos datos se desconocen, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA número 133 de 14 de julio de 2003 y su exposición en tablón de edictos del Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez (Jaén).

Terminada la instrucción del procedimiento, y según lo previsto en el artículo 14.2 y en la disposición transitoria sexta, apartado uno, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español procede la declaración de dicho inmueble como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento al que, de acuerdo con el artículo 11.2 de la citada Ley se le ha delimitado un entorno de protección. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, corresponde incluir dicho Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 1/1991, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de julio de 2006.

A C U E R D A

Primero. Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento El Palacio de los Marqueses de Viana en Garcíez (Bedmar y Garcíez, Jaén) cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Declarar y delimitar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la declaración del Bien, abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Incluir este Bien declarado de Interés Cultural, junto con su entorno, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Cuarto. Instar al asiento de este bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Quinto. Instar la inscripción gratuita de la declaración en el Registro de la Propiedad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de julio de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

A N E X O

DESCRIPCION

El palacio de los Marqueses de Viana está emplazado en la zona central del casco histórico de Garcíez. Su fachada principal de marcada horizontalidad y potente volumen destaca entre las diferentes construcciones colindantes. El edificio tiene planta rectangular con alzado de dos cuerpos. Se estructura mediante dos patios, el primero o principal ubicado en la zona occidental del inmueble, se compone de amplias galerías y estancias a su alrededor, y el segundo, situado en la zona oriental del edificio, en torno al cual se organizan las dependencias de los servicios.

Al interior del palacio se accede a través de dos portadas; una, abierta en la fachada principal y otra, en el frente occidental del edificio antigua puerta de entrada de carruajes.

Desde la fachada principal, se accede al interior a través del zaguán que conecta directamente con una galería o corredor que comunica con el patio central o principal, a través de una portada situada al norte. Esta portada se encuentra labrada en piedra y actualmente pintada al temple de color ocre. Se estructura con vano escarzano, despiezado, cuyo arco apea en jambas despiezadas e impostadas, flanqueadas por pilastras de capiteles decorados de ovas y dardos y en la zona superior entablamento compuesto de arquitrabe moldurado, ancho friso decorado con cartela, cabeza de querubín central y escudo heráldico del linaje del señorío de Garcíez, ornamentados con flores y jarrones de frutos sobre basamentos. Termina una cornisa moldurada de cierto vuelo, decorada con dardos.

Todas las galerías bajas que rodean al patio, salvo la situada en el lado oriental, conservan cubiertas con vigas de madera formando bovedillas y yeserías donde se inscribe decoración de casetones con motivos florales y veneras en el arranque del muro.

El patio de planta rectangular, presenta en su costado oriental una galería porticada, con alzado de dos plantas, compuesta la baja de seis arcos de medio punto con trasdós e intradós decorados con prismas facetados y mensulones resaltados que apean en siete columnas dóricas de marcado éntasis en sus fustes. Las enjutas de sus arcos se encuentran ornamentadas con los blasones de la familia Quesada.

La planta superior se compone de antepecho con balaustres de piedra, cegados y marcados en tramos por basamentos sobre las que descansan cinco columnas de capiteles jónicos compuestos de volutas de frente abalaustrado y astrágalo ornamentado con ovas y dardos, sobre los que descansan seis arcos de medio punto rebajados, con moldura en el trasdós y de prisma afacetados en el intradós. En las enjutas de los arcos la decoración presenta motivos de animales fantásticos, medallones con figuras humanas y heráldica. En la zona superior de la galería remata una cornisa moldurada. Este frente descrito es parte de la galería que originariamente circundaba al patio, cuyos tres lados actualmente se encuentran ocultos en el interior de los muros perimetrales.

El patio se cubre con pavimento de cantos rodados organizados en ocho paneles radiales recercados por losas de piedra. En el centro del mismo se ubica una fuente de base circular y balaustre central.

En la galería que delimita al patio por su lado sur se abren cuatro portadas. La primera, dispuesta en eje con la portada que da acceso desde la fachada principal, está construida en piedra actualmente encalada. Presenta un vano escarzano de acceso, con clave resaltada, flanqueado por columnas sobre basamento de orden compuesto. El entablamento muestra arquitrabe moldurado y amplio friso decorado con cartela, cabeza de querubín y sobre medallón la heráldica de la familia Quesada, así como filacteria y flameros en los extremos.

La siguiente portada se encuentra a la derecha de la anteriormente descrita. Está construida en mármol rosáceo y presenta el paramento pintado de blanco. Su composición está centrada por un vano escarzano, actualmente cegado, con ménsula en la clave sobre impostas ornamentadas con contarios de ovas y dardos y flanquedo por ménsulas sobre pequeñas pilastras. En la zona superior el arquitrabe da paso al friso donde campea la heráldica del apellido Quesada bajo cartela, medallón con decoración carnosa y filacteria.

En la zona izquierda de esta misma crujía, se abren la tercera y cuarta portadas. La primera presenta un vano escarzano con ménsula en la clave flanqueado por pilastras de capiteles decorados con dados, que soportan entablamento de arquitrabe moldurado y amplio friso que acoge, sobre cartela y bajo cabeza de querubín, el escudo de armas del señorío de Garcíez, a cuyos lados muestra jarrones con frutos.

La siguiente portada, situada en el lateral izquierdo de la anterior descrita, se compone de un vano escarzano con ménsula en la clave flanqueado por ménsulas sobre columnillas que apean en contarios decorados con ovas y dardos en las jambas. En el entablamento presenta heráldica del apellido Quesada y en la zona superior termina con una cornisa moldurada. Está realizada en mármol rosáceo y posteriormente encalada.

Entre las galerías que circundan el patio por sus lados norte y oeste, se levanta la escalera que comunica con el piso superior. Está construida en piedra cubierta con pintura de color ocre-marrón. El arranque de la escalera se configura con doble arcada de medio punto, con ménsulas en las claves e intradós de casetones, que descansan en el centro sobre fuerte columna, de base circular, cuyo orden lo forma un capitel de contario ornamentado con ovas, dardos y cimacio superior. Los extremos de los dos arcos apean sobre impostas adosadas en los muros perimetrales. Termina el conjunto un entablamento cuya cornisa se encuentra decorada con dados.

La escalera presenta baranda de balaustres de piedra. Desemboca en la primera planta en una estructura adintelada soportada por una columna de capitel jónico decorado con ovas, dardos y cimacio superior sobre el que apean dos zapatas de piedra decoradas con cartela central. La columna descansa sobre basamento al que se le adosa tramos de balaustrada en los extremos. Asimismo, empotradas en el muro aparecen zapatas de piedra decoradas con máscaras. La caja de escalera se cubre con bovedillas de casetones.

Las galerías de la primera planta, situadas en torno al patio central, se cubren con bovedillas y casetones florales,

en los ángulos se establecen arcos conopiales sobre ménsulas de piedra.

Al este del patio principal, y tras salvar dos crujías se accede al patio de servicios. En la segunda planta del mismo se conserva parte de una galería de arcos de medio punto, cegados algunos, sobre columnas de orden toscano.

En el exterior, la fachada principal está situada al norte del edificio; se compone de un alzado de dos plantas compuestas de una sucesión de vanos dispuestos en eje, siendo en planta baja ventanas rectangulares cubiertas de reja en voladizo y en el piso superior balcones con antepecho de balaustres, todos de hierro forjado. Remata la fachada un alero sobre canes. La portada que da acceso a su interior se encuentra descentrada hacia el lado derecho de la fachada. Se estructura mediante un vano carpanel con ménsula en la clave sobre impostas, flanqueado por pilastras toscanas que sostienen un entablamento cuyo arquitrabe presenta gotas y friso con triglifos y metopas, éstas ornamentadas con relieves de seis bucráneos ensogados y ornados en sus cuernas con guirnaldas. Cubre el acceso una puerta de doble hoja con clavazón y postigo en la hoja derecha. La fachada está realizada en piedra marmórea de color grisáceo.

En la fachada occidental del inmueble se levanta una nueva galería porticada con alzado de dos plantas. Ambas galerías superpuestas, aparecen cegadas por trasdós de obra, abriéndose algunos vanos adintelados en su interior. En planta baja el tercer arco, contando desde la izquierda, se define como portada ya que el vano de acceso que comunica con el patio central del palacio se cubre de bóveda de cañón y cierra en la primera crujía con portón de madera.

La galería inferior se compone de cinco pilastras toscanas y dos ménsulas en espiral en los extremos, sobre las que apean arcos de medio punto rebajados de trasdós moldurado. En las enjutas de los arcos destaca una rica ornamentación labrada, representando damas de la época entre dos ángeles, mascarones, escudos con leones tenentes sostenidos por puttis y animales fantásticos.

La galería del cuerpo superior se organiza a través de cinco pilastras toscanas sobre basamentos en las que apean arcos de medio punto. Termina la fachada una línea de canes en los que descansa el alero de la cubierta.

Sobre la cubierta de teja se levanta una sencilla espadaña de factura dieciochesca. Tiene forma piramidal y está compuesta de dos cuerpos flanqueados por jarrones.

DELIMITACION DEL BIEN

La delimitación afecta a la totalidad del edificio del Palacio de los Marqueses de Viana. Ocupa parcialmente la parcela de la manzana catastral 97209.

DELIMITACION DEL ENTORNO

El objetivo principal de la delimitación de un espacio circundante al Monumento ha sido el potenciar los valores significativos y visuales del edificio catalogado, así como, su protección física, uso y fomento.

El entorno delimitado del Bien, responde al diálogo indisoluble que desde su construcción ha mantenido el inmueble con el espacio donde se ubica: relaciones históricas, urbanas, espaciales y visuales que permiten la legible lectura y significación del Monumento en la actualidad.

El entorno afectado por la declaración como Bien de Interés Cultural del Palacio de los Marqueses de Viana en Garcíez (Bedmar y Garcíez, Jaén), comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados, comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano de delimitación del Bien y su entorno, y cuya relación se incluye a continuación:

ESPACIOS PRIVADOS

Manzana 97209:

Parcela 01, parcialmente, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 1.

Parcela 02, C/ Federico García Lorca, núm. 2.

Parcela 03, C/ Federico García Lorca, núm. 4.

Parcela 04, C/ Federico García Lorca, núm. 6.

Parcela 05, C/ Federico García Lorca, núm. 8.

Parcela 06, C/ Federico García Lorca, núm. 10.

Parcela 07, C/ Federico García Lorca, núm. 10 A.

Parcela 08, C/ Federico García Lorca, núm. 12.

Parcela 09, C/ Federico García Lorca, núm. 14.

Parcela 10, C/ Federico García Lorca, núm. 16.

Parcela 11, C/ Federico García Lorca, núm. 18.

Manzana 96208:

Parcela 01, Solar. C/ Camino del Río, s/n.

Parcela 02, Solar. C/ Camino del Río, s/n.

Manzana 97218:

Parcela 01, Plaza Rey Juan Carlos I, s/n.

Manzana 97210:

Parcela 01, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 21.

Parcela 02, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 23.

Parcela 03, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 25.

Manzana 97219:

Parcela 01, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 13.

Parcela 02, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 19.

Parcela 03, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 17.

Manzana 98212:

Parcela 01, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 9.

Parcela 02, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 11.

Parcela 03, C/ Antonio Machado, núm. 1.

Manzana 98204:

Parcela 01, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 7.

Parcela 15, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 3.

Parcela 16, Plaza Rey Juan Carlos I, núm. 5.

ESPACIOS PUBLICOS

Plaza Rey Juan Carlos I, entera.

C/ Federico García Lorca, desde sus comienzos en la Plaza Rey Juan Carlos I hasta la parcela 11 de la manzana 97209 inclusive.

C/ Camino del Río, desde las parcelas 01 de la manzana 96208 y 01 de la manzana 97209 inclusive, hasta la confluencia con la C/ Garcíez.

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