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El Decreto 69/2006, de 21 de marzo, autoriza a la Directora General de Tesorería y Deuda Pública a emitir Deuda de la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, de conformidad con las condiciones y características fundamentales que se fijan en el mismo.
En virtud de dicha autorización se va a proceder a realizar una Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía mediante el procedimiento de subasta competitiva, de conformidad con los mecanismos recogidos en la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía.
El artículo 6.2 de la referida Orden faculta a la titular de esta Dirección General a convocar las subastas de carácter ordinario que se realicen al amparo del citado Programa de Emisión, habiéndose hecho público el calendario de subastas para el año 2006 mediante la Resolución de 24 de enero de 2006, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.
Como consecuencia de lo anterior, se procede a la convocatoria de subasta, que se celebrará en el mes de septiembre, fijando las características de los Bonos y Obligaciones que se pondrán en circulación.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 69/2006, de 21 de marzo, y de conformidad con la Orden de 2 de agosto de 2001, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Proceder a la realización de una convocatoria de subasta de Bonos a tres (3) y cinco (5) años y Obligaciones a diez (10) años, dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones, en virtud de la autorización contenida en el Decreto 69/2006, de 21 de marzo, la cual habrá de celebrarse de acuerdo con la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, y de conformidad con el calendario de subastas aprobado por la Resolución de 24 de enero de 2006, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.
2. Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten:
a) Emisión de Bonos a tres años: Para la emisión a este plazo, como se ha venido haciendo en las anteriores subastas desde el mes de abril de este año, se pone nuevamente en circulación el Bono cupón 3,45%, vencimiento el 17 de febrero de 2009. Esta referencia fue emitida por primera vez como Bono a cinco años en la subasta del Programa de Bonos y Obligaciones correspondiente a febrero de 2004. Actualmente restan tres vencimientos de cupón hasta su amortización, lo que permite su inclusión en esta subasta como emisión a tres años. En consecuencia, el tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de los tres cupones que restan serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 22 de enero de 2004, para la emisión de fecha 17 de febrero de 2004, de Bonos a cinco años, cupón 3,45% anual y amortización el día 17 de febrero de 2009. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el 17 de febrero de 2007. Los Bonos que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
b) Emisión de Bonos a cinco años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 29 de junio de 2006, por la que se concretan determinadas condiciones de la Emisión de Deuda Pública Anotada autorizada mediante Decreto 115/2006, de 20 de junio, cupón 4% anual y amortización el día 4 de julio de 2011. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el día 4 de julio de 2007. Los Bonos que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
c) Emisión de Obligaciones a diez años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 24 de enero de 2006, para la emisión de fecha 15 de febrero de 2006, de Obligaciones a diez años, cupón 3,50% anual y amortización el día 15 de febrero de 2016. El pago del primer cupón de los valores que se emiten se efectuará, por su importe completo, el 15 de febrero de 2007. Las Obligaciones que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
3. En la presente subasta las peticiones deberán formularse en términos de diferencial respecto al tipo de oferta del Swap del Euribor de los plazos de las referencias que se emiten.
4. El valor nominal mínimo de las ofertas será de 1.000 euros.
5. La presentación de ofertas será efectuada por los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, entre las 8,30 y las 10,30 horas del día 14 de septiembre de 2006, en el Banco de España. Las ofertas se formularán a través de la red informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España. En caso de no disponer de conexión con la citada red, deberán efectuar la comunicación de sus peticiones por teléfono entre las 8,30 y 10,00 horas de dicho día.
6. La celebración y resolución de la subasta se realizará el día 14 de septiembre de 2006 antes de las 11,30 horas, ajustándose a lo previsto en la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda.
7. Para la determinación de las condiciones de la emisión se tomarán las cotizaciones del tipo de oferta del Swap del Euribor al plazo correspondiente, publicadas en la pantalla ICAPEURO o en su defecto CAPI 40, de Reuters, a las 12,00 horas del día de celebración de la subasta. En caso de no existir cotización en ninguna de estas dos pantallas, se tomará nueva referencia cada 30 minutos hasta que exista cotización en alguna de estas pantallas, adoptándose la publicada en ICAPEURO de existir cotización en ambas, fijando como hora límite las 13,00 horas del día de la subasta. De persistir dicha situación, el emisor, de común acuerdo con las entidades adjudicatarias que representen al menos el 50% del volumen adjudicado en la subasta, determinará el procedimiento a seguir para la fijación de condiciones. En cualquier caso, el tipo que se determine se ajustará en función del plazo exacto del ven
cimiento de la Deuda que se emite de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de esta Resolución.
8. No existirá período de suscripción pública posterior a la subasta.
9. Fecha de desembolso de la Deuda: 19 de septiembre de 2006.
10. De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 22 de enero de 2004, el Decreto 115/2006, así como en la Resolución de 24 de enero de 2006, los Bonos y las Obligaciones cuya emisión se dispone tendrán la calificación de segregables, y las operaciones de segregación y reconstitución se podrán realizar a partir de la fecha que se fije mediante Resolución de esta Dirección General.
11. El resto de las condiciones aplicables a la presente convocatoria de subasta serán las establecidas en la Orden de 2 de agosto de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda.
Sevilla, 18 de agosto de 2006.- La Directora General, Julia Núñez Castillo.
ANEXO
FIJACION DE LAS CONDICIONES DE EMISION FORMULA DE INTERPOLACION LINEAL DE TIPOS PARA EL AJUSTE EN PLAZOS
La fórmula que se expone a continuación determina la interpolación lineal que ha de realizarse entre los tipos de oferta del Swap del Euribor de referencia (en adelante IRS) de los plazos inmediatamente anterior y posterior de los valores que se emiten, de acuerdo con la siguiente fórmula:
TIR = IRS + D - D (IRS - IRS)
D
donde:
TIR = Tasa de rendimiento interno de referencia.
IRS = Tipo de oferta del Swap del Euribor de plazo igual o inmediatamente inferior al plazo de vencimiento del valor que se emite.
IRS = Tipo de oferta del Swap del Euribor de plazo inmediatamente superior al plazo de vencimiento del valor que se emite.
D - D = Número de días que transcurren desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del próximo cupón del valor que se emite. Cuando la fecha de inicio del devengo del próximo cupón sea posterior a la fecha de emisión, o coincida con ella, se tomarán los días que transcurran entre la fecha de emisión y la fecha de inicio del devengo del próximo cupón de la referencia que se emite.
D = Número de días comprendidos en el período de devengo del próximo cupón.
La interpolación en la subasta de bonos y obligaciones convocada mediante esta Resolución, calculada de acuerdo con la fórmula anterior, se concreta de la siguiente manera:
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