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La Consejería de Economía y Hacienda considera de interés incentivar la formación académica especializada que contribuya a mejorar el conocimiento de la economía andaluza y la aplicación de la política económica regional, premiando los mejores expedientes académicos de los alumnos licenciados en Economía o en Administración y Dirección de Empresas en las universidades andaluzas.
A través de la convocatoria de estos premios se intenta, asimismo, profundizar en la línea de colaboración ya existente entre la Consejería de Economía y Hacienda y las universidades andaluzas. Sobre esta base se conseguirá un adecuado estímulo al esfuerzo y dedicación de los estudiantes de Andalucía y con ello la consecución, en un futuro inmediato, de profesionales altamente cualificados en el ámbito económico.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Objeto.
Se convocan nueve premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos que hayan finalizado sus estudios de la Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, así como tres premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos que hayan finalizado sus estudios de la Licenciatura en Economía por las respectivas universidades andaluzas.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estos premios los alumnos que hayan obtenido la correspondiente Licenciatura en el Curso Académico 2005/2006 por las respectivas universidades andaluzas.
Tercero. Participación.
Tendrán acceso a estos premios aquellos alumnos cuyos expedientes, evaluados por las Juntas del centro respectivo con arreglo a los criterios establecidos en el apartado 2 del punto quinto de la presente Orden, resulten los más destacados de cada universidad, de entre los que hayan finalizado sus estudios en el Curso Académico 2005/2006.
Cuarto. Dotación de los premios.
La cuantía de los premios será de 1.600 euros para cada uno de los especificados.
Quinto. Organo y criterios de selección.
1. Los Decanos de las distintas facultades universitarias propondrán, de acuerdo con las Juntas del centro respectivo, el nombre del candidato, en función de los criterios de selección que se recogen en el apartado 2 de este punto.
2. La propuesta recaerá en el alumno que con mejor aprovechamiento haya superado todas las pruebas que facultan para la obtención del título de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y en el alumno que con mejor aprovechamiento haya superado todas las pruebas que facultan para la obtención del título de Licenciado en Economía, y tengan mejor expediente académico, ponderado por el número de años empleados para su obtención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11, apartado segundo "Cálculo de Notas Medias del expediente de quienes acceden por la vía reservada a estudiantes con titulación universitaria o equivalente" del Acuerdo de 22 de marzo de 2006, de la Comisión del Distrito Unico Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los primeros ciclos de las Enseñanzas Universitarias (BOJA núm. 89, de 12 de mayo de 2006).
Sexto. Documentación y plazos.
1. Los Decanos de los distintos centros remitirán a la Secretaría General de Economía la propuesta de las Juntas de cada Centro antes del día 31 de octubre de 2006.
2. La propuesta irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Relación de los candidatos cuyos expedientes hayan sido objeto de valoración.
b) Nombre y apellidos, número de identificación fiscal, dirección y teléfono del candidato propuesto, así como la documentación referente a su expediente académico.
c) Acta de la selección firmada por el Secretario de la misma en la que consten los diferentes trámites realizados hasta formalizar la propuesta.
Séptimo. Resolución.
El Secretario General de Economía dictará la resolución procedente por delegación del titular de la Consejería de Economía y Hacienda basándose en las propuestas de los Decanos, en el plazo de quince días a contar desde la remisión de la última propuesta. Dicha resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Octavo. Incidencias.
Todas las incidencias no previstas en esta Orden serán resueltas por la Secretaría General de Economía, que resolverá lo procedente por delegación del titular de la Consejería de Economía y Hacienda.
Noveno. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de septiembre de 2006
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Economía y Hacienda
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