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Vista la petición formulada por doña Paloma Olmedo Sánchez, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención, titular del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Cortes de Baza (Granada), para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Pruna (Sevilla), así como la conformidad de esta Corporación manifestada mediante Resolución de Alcaldía de fecha 28 de septiembre de 2006 y del Ayuntamiento de Cortes de Baza (Granada), manifestada mediante Resolución de Alcaldía de fecha 28 de septiembre de 2006, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de 24 de mayo.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Nombrar a doña Paloma Olmedo Sánchez, con DNI 25.698.934, como Secretaria-Interventora, con carácter provisional, del Ayuntamiento de Pruna (Sevilla).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 29 de septiembre de 2006.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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