Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 17/10/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 25 de septiembre de 2006, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo y Normas Urbanísticas de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, relativa a Nuevo Sector SUS Industrial S-2 "Los Lucas", en el municipio de Montalbán (expediente P-46/04), de Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 8 de junio de 2006.

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EXPEDIENTE DE SUBSANACION DE DEFICIENCIAS DE LA MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANISTICA, RELATIVA A NUEVO SECTOR SUS INDUSTRIAL S-2 "LOS LUCAS", EN EL MUNICIPIO DE MONTALBAN

PUBLICACION DE CERTIFICACION DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art..5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 8 de junio de 2006, en relación con el siguiente expediente:

P-46/04.

Formulado y tramitado por el Ayuntamiento de Montalbán, a instancias de don Juan Márquez Delgado y otros, para la solicitud de la aprobación definitiva de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de dicho municipio, en el ámbito de Nuevo Sector de SUS Industrial S-2 "Los Lucas", en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA).

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El día 21 de marzo de 2006 tiene entrada en la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía oficio del Ayuntamiento de Montalbán, al que se adjunta el expediente administrativo y la documentación técnica que integra la referida subsanación.

2.º De la documentación remitida se desprende que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, redactada por don F.J. Canovaca Segura y don R. Suárez Medina, es aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2006, acordando su remisión a la CPOT y U. de Córdoba, para su aprobación definitiva.

3.º Emitido informe por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el que se contiene la descripción detallada, el análisis y valoración de la documentación, tramitación y determinaciones del expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aprobarlo definitivamente, con determinadas valoraciones y consideraciones que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo es competente para resolver el presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2.a y en la disposición adicional primera del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con los artículos 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la LOUA, y ello, por la afección de la subsanación de deficiencias de la Modificación a la ordenación estructural del referido Plan General de Ordenación Urbanística, y tratarse

de un municipio que no integra a una ciudad principal de los Centros Regionales del Sistema de Ciudades de Andalucía.

Segundo. La tramitación del presente expediente se ajusta, en general, a lo previsto en los artículos 32, 36 y 39 de la LOUA, en cuanto a procedimiento (36.1 y 2.c.1.ª.a; 32.1.1.ª.a; 32.1.3.ª y 4.ª; 32.4; y 33) e información pública y participación (32.1.2.ª párrafos 1 y 2; y 39.1 y 3), siendo este el procedimiento señalado por la CPOT y U. de Córdoba para subsanar las deficiencias que motivaron el acuerdo de aprobación definitiva de manera parcial con suspensiones de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montalbán, en el ámbito de Nuevo Sector de SUS Industrial S-2 "Los Lucas", de fecha 20 de octubre de 2004.

Tercero. La documentación y determinaciones del presente expediente, con las rectificaciones introducidas, se adecuan básicamente a lo establecido en los artículos 36.1 y 2.b; 19.1.a, b y c y 19.2; 3; 9; 10.1.A; y 36.2.a, de la LOUA, teniendo en cuenta su concreto alcance y finalidad, y cabe entender que se subsana adecuadamente en lo básico y general, las deficiencias señaladas en el antes referido acuerdo de la Comisión, reiterándose las consideraciones y valoraciones contenidas en el mismo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación se acuerda:

Aprobar definitivamente la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montalbán, en el ámbito de Nuevo Sector de SUS Industrial S-2 "Los Lucas", con las valoraciones y consideraciones contenidas en el tercer fundamento de derecho de la presente Resolución.

Con carácter previo a la publicación de la presente Resolución, deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

La presente Resolución se publicará, junto con el contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento objeto de la misma, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Montalbán, a don Juan Márquez Delgado y otros, y a demás interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la correspondiente Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma, así como en el art. 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio.

Córdoba, 8 de junio de 2006.- V.º B.º, el Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo. Francisco García Delgado; el Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo. Pedro Jesús López Mata.

NORMAS URBANISTICAS

MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE MONTALBAN. POLIGONO INDUSTRIAL "LOS LUCAS", MONTALBAN

ANEXO A LA MEMORIA

De los parámetros de ordenación contemplados en la modificación puntual se tiene:

Superficie afectada por Modificación: 69.147,00 m.Superficie neta edificable: 41.488,20 m (0,6 mt/ms).

De acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 60.c de la LOUA y los artículos 1254 y 155 de las Normas Subsidiarias de Montalbán, se considera que el área de reparto es el mismo sector y el aprovechamiento medio del área de reparto es el parámetro de aprovechamiento bruto del sector (0,6 mt/ms).

Córdoba, noviembre de 2005. Los Arquitectos.

Córdoba, 25 de septiembre de 2006.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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