Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 15/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de octubre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba, dimanante del procedimiento verbal núm. 354/2006. (PD. 4692/2006).

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En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 354/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba a instancia de Aurora Hernández López contra Rehabilitaciones Tinverco, S.L., sobre desahucio por falta de pago de la renta, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue

"SENTENCIA NUM. 234/2006

En Córdoba, a dieciséis de octubre de dos mil seis.

Vistos por doña Cristina Mir Ruza, Magistrada-Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio núm. 354/2006, seguidos a instancias de doña Aurora Hernández López, representada por el Procurador de los Tribunales don Carlos Garrido Giménez y asistido del Letrado don Antonio López Luque, contra la entidad mercantil Rehabilitaciones Tinverco, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Carlos Garrido Giménez en nombre y representación de doña Aurora Hernández López contra la entidad Rehabilitaciones Tinverco, S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la nave sita en esta ciudad, en el Camino de Carbonell, s/n, existía entre la actora y la demandada, por falta de pago de las rentas pactadas, y consecuentemente, que debo declarar y declaro el desahucio de la demandada de la expresada nave, apercibiéndole de que si no la desaloja, dentro del término legal, será lanzada de ella y a su costa, todo ello con condena en costas a la parte demandada.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos de su razón, y notifíquese la misma a las partes en forma legal, con instrucción de sus derechos y recursos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rehabilitaciones Tinverco, S.L., cuyo actual domicilio se desconoce, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a veinticinco de octubre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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