Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 1294/2005. (PD. 4865/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 1294/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de Salvador González Sepúlveda contra Patric Antonio Mostazo Risell sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

En la ciudad de Málaga, a 21 de marzo de 2006.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm Dos de Málaga y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el núm 1.294/05, a instancia de Salvador González Sepúlveda, representado por la Procuradora Sra. Berbel Cascales y asistido del Letrado Sr. Castells Ortells, contra Patric Antonio Mostazo Risell; sobre desahucio por falta de pago de rentas y reclamación de rentas y cantidades asimiladas.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene como objeto la vivienda sita en calle Pasaje Bernarda Alba, 4, de Urbanización Guadalmar de Málaga, así mismo declaro haber lugar al desahucio de Patric Antonio Mostazo Risell, condenándolo a que la deje libre, vacía y expedita y a disposición del actor, bajo apercibimiento de ser lanzado si no se verifica en el plazo legal, y debo condenar y condeno a Patric Antonio Mostazo Risell a que abone a Salvador González Sepúlveda la cantidad de 9.205,82 euros en concepto de principal, así como los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda. Respecto a las costas procede condenar a su pago a la parte demandada.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente Resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Patric Antonio Mostazo Risell, extiendo y firmo la presente en Málaga, a seis de junio de dos mil seis.- El/La Secretario.

Descargar PDF