Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 06/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 6 de febrero de 2006, de la Dirección General de Comunicación Social, por la que se establece la fecha para la finalización del plazo en el que los municipios interesados deben comunicar el acuerdo de participación en la gestión directa de un programa de televisión digital, así como la fecha para la finalización del plazo de solicitud de ampliación a dos del número de programas reservados a este fin.

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De acuerdo con el artículo 7.2 del Decreto 1/2006, de 10 de enero, por el que se regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía, los municipios incluidos dentro de la misma demarcación podrán acordar la solicitud de la gestión por sí de un programa de televisión local con tecnología digital, dentro del múltiple correspondiente a su demarcación. Excepcionalmente, a petición de los municipios interesados e incluidos en el ámbito territorial de la demarcación, la Comunidad Autónoma podrá acordar la ampliación a dos del número de programas reservados a este fin. En este sentido, los municipios interesados podrán presentar una solicitud conjunta en la que hagan constar las razones de interés social y de utilidad pública en las que fundamenten su petición, y antes de que se proceda a la convocatoria para el otorgamiento de las concesiones.

En el primer caso, el plazo para acordar la solicitud de la gestión por sí de un programa de televisión local con tecnología digital, dentro del múltiple correspondiente a su demarcación, estaba abierto desde la publicación del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local, y el Decreto

1/2006, de 10 de enero, prevé en su artículo 7.3 que ha de finalizar antes de la convocatoria para el otorgamiento de la gestión de las concesiones.

Considerando lo anterior, y dada la proximidad de la convocatoria para el otorgamiento de la gestión de las concesiones, esta Dirección General estima necesario determinar la fecha en la que finaliza el plazo en el que los municipios que estén interesados en la gestión directa de un programa de televisión digital, deban comunicar su acuerdo. Igualmente, estima necesario determinar la fecha en la que finaliza el plazo para solicitar, de forma excepcional, la ampliación a dos del número de programas para la gestión directa por parte de los mismos, en los términos establecidos en el artículo 7 del mencionado Decreto 1/2006, de 10 de enero.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 9 del Decreto 347/2004, de 25 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia,

RESUELVO

Primero. Establecer el 1 de marzo de 2006 como el último día de plazo para presentar en la Consejería de la Presidencia, el acuerdo de participación en la gestión directa de un programa de televisión digital adoptado por el Pleno de las correspondientes Corporaciones municipales interesadas.

Segundo. Establecer el 1 de marzo de 2006 como el último día de plazo para solicitar, con carácter excepcional, la ampliación a dos del número de programas para la gestión directa por parte de los municipios incluidos dentro de la misma demarcación.

Sevilla, 6 de febrero de 2006.- La Directora General,

Matilde Santiago Cossi.

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