Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 1 de febrero de 2006, de la Dirección General de Función Pública, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Tesorería de la Mancomunidad de Municipios Costa del Sol Occidental (Málaga) reservado para su provisión por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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La Mancomunidad de Municipios Costa del Sol Occidental (Málaga), acordó con fecha 29 de diciembre de 2005, la clasificación del puesto de trabajo de Tesorería de esa Mancomunidad, como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2.f) y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, a la vista de ello y de conformidad con el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de 24 de mayo.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Clasificar el puesto de trabajo de Tesorería de la Mancomunidad de Municipios Costa del Sol Occidental (Málaga), reservado para su provisión por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sevilla, 1 de febrero de 2006.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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