Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 1/3/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 26 de enero de 2006, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se hace pública la concesión de incentivos a las Universidades y Organismos de Investigación de Andalucía para apoyar a sus grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces en su actividad interanual, convocatoria 2005, al amparo de la Orden que se cita.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 5 de julio de 2005, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases regu

ladoras para la concesión de incentivos a proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación y a la actividad interanual de los grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces, de las Universidades y Organismos de Investigación de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para los ejercicios 2005 y 2006 (BOJA núm. 138, de 18 de julio), esta Secretaría General

R E S U E L V E

Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al artículo 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, y 21.5 de la Orden de convocatoria, extracto de la Resolución de fecha 30 de diciembre de 2005, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de incentivos a las universidades y organismos de investigación de Andalucía para apoyar a sus grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces en su actividad interanual, convocatoria 2005; extracto que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y en la página web de la misma.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A N E X O

EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 30 DE DICIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACION Y TECNOLOGIA, POR LA QUE SE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESION DE INCENTIVOS A LAS UNIVERSIDADES Y ORGANISMOS DE INVESTIGACION DE ANDALUCIA PARA APOYAR A SUS GRUPOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TECNOLOGICO ANDALUCES EN SU ACTIVIDAD INTERANUAL, CONVOCATORIA 2005

1.º Por Orden de 5 de julio de 2005, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos a proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación y a la actividad interanual de los grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces, de las Universidades y Organismos de Investigación de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para los ejercicios 2005 y 2006 (BOJA núm. 138, de 18 de julio). Dicha Orden fue modificada por la 5 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 176, de 8 de septiembre) ampliando el plazo de presentación de las solicitudes correspondiente a la convocatoria de 2005.

2.º El artículo 13 de la citada Orden establece que el procedimiento de concesión se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.

3.º Se conceden a las Universidades y Organismos de Investigación de Andalucía para apoyar a sus grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces, que constan en el Anexo I de la Resolución, los incentivos por los presupuestos y porcentajes que se indican a continuación:

Se hace constar que la concesión de estos incentivos es asimismo, contraria a la estimación del resto de las solicitudes admitidas.

4.º Imputar los incentivos, que tienen carácter plurianual, a las aplicaciones presupuestarias:

" Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 35) "

5.º Período de ejecución: Las actividades incentivadas se deberán realizar en el período comprendido entre el 1 de enero de 2005 y el 30 de diciembre de 2007.

6.º Los incentivos se abonarán de la siguiente manera:

- Una vez firmada la Resolución de adjudicación, se transferirá a las entidades beneficiarias hasta el 75% del importe total concedido, ostentando la categoría de "pago en firme con justificación diferida".

- Una vez justificado el 25% del importe total concedido, se abonará el porcentaje que reste hasta el 100% del importe incentivado, igualmente como "pago en firme con justificación diferida".

El pago al Instituto de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica se realizará de la siguiente manera: 117.368,88 euros, equivalente al 75% del incentivo concedido con cargo a la anualidad de 2006; y 39.122,96 euros restantes, equivalentes al 25% del incentivo concedido, con cargo a la anualidad de 2007.

7.º Los plazos máximos de justificación serán los siguientes:

El 25% del total del incentivo concedido, se justificará en un plazo máximo de ocho meses, a contar desde la fecha de materialización del primer pago. El resto del importe del incentivo, se justificará anualmente, por los gastos realizados

en cada ejercicio, en un plazo de 4 meses, hasta la finalización de la actividad incentivada, considerándose como fecha máxima de ésta el 30 de diciembre de 2007.

8.º Quedan excluidas del procedimiento las solicitudes presentadas por los Organismos, que constan en el Anexo II, de la Resolución, por los hechos y en virtud de las normas que se indican en el mismo.

9.º Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de enero de 2006.- El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, José Domínguez Abascal.

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