Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 22 de febrero de 2006, de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de los Servicios de Informes Económicos y Financieros y de Planificación Económica.

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Vistos los proyectos de la Cartas de Servicios elaborados por los Servicios de Informes Económicos y Financieros y de Planificación Económica, de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios y en uso de la competencia que me confiere el artículo 7.1 del Decreto 317/2003 de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los Servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos.

RESUELVO

Primero. Aprobar las Cartas de Servicios de los Servicios de Informes Económicos y Financieros y de Planificación Económica de la Consejería de Salud, que figuran como Anexos I y II a esta Resolución.

Segundo. Ordenar la publicación de la presenta Resolución y las Cartas de Servicios de los Servicios de Informes Económicos y Financieros y de Planificación Económica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, de 22 de febrero de 2006.- El Director General, Jesús Huerta Almendro.

ANEXO I

CARTA DE SERVICIOS

SERVICIO DE INFORMES ECONOMICOS Y FINANCIEROS

PROLOGO

La Carta de Servicios del Servicio de Informes Económicos y Financieros de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía tiene como objeto informar a las personas y entidades que se relacionan con el mismo en demanda de sus funciones, de las condiciones en que se prestan, así como sus derechos en relación con estos servicios y los compromisos de calidad que se ofrecen, además de, facilitar el acceso a los medios para la participación activa en la mejora de los servicios proporcionados por esta Unidad Administrativa, mediante una estrategia continuada de calidad con la utilización de parámetros de eficiencia y orientación de los recursos a la satisfacción de las necesidades de la salud y expectativas de la ciudadanía, introduciendo indicadores y cultura de la calidad en la labor propia encomendada.

Como consecuencia de lo anterior, el Servicio adoptará las medidas necesarias para garantizar que el contenido de la presente Carta se aplique por todas las personas adscritas al mismo.

A) DATOS DE CARACTER GENERAL

1. Datos identificativos.

1.1. Datos identificativos del Servicio de Informes Económicos Financieros.

El Servicio de Informes Económicos y Financieros es una Unidad Administrativa adscrita a la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

1.2. Misión.

El Servicio de Informes Económicos y Financieros desarrolla la Misión de preparar estudios en materia de financiación sanitaria, la de planificar el Anteproyecto de Presupuestos y el seguimiento económico de las Empresas Públicas del Sistema Sanitario Público de Andalucía, y la de evaluar y emitir informes en general de los aspectos económico-financieros del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

1.3. Identificación de la Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

La Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la presente Carta de Servicios es el propio Servicio de Informes Económicos y Financieros.

1.4. Formas de colaboración y participación con el

Servicio de Informes Económicos y Financieros.

Las personas demandantes de los servicios que presta esta Unidad Administrativa, en su calidad de clientes, ya sean de carácter interno (personas integrantes de los órganos y unidades administrativas pertenecientes a la Administración General de la Junta de Andalucía) o externo (personas que configuran las entidades públicas), podrán colaborar en la mejora de la prestación de los servicios expresando su opinión a través de los siguientes medios:

- Escritos dirigidos al Servicio de Informes Económicos y Financieros de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sita en Avda. de la Innovación, s/n, Edif. Arena 1, 41020, Sevilla.

- Consultas telefónicas.

- Opiniones recogidas en la página web de la Consejería de Salud.

- Recomendaciones y reclamaciones que se efectúen cumplimentando las Hojas del Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía.

- Opiniones recogidas en los encuentros, reuniones, jornadas y foros que a tal efecto se organicen por el Servicio de Informes Económicos y Financieros.

2. Servicios.2.1. Relación de servicios que se prestan por el Servicio de Informes Económicos y Financieros.

El Servicio de Informes Económicos y Financieros a través del ejercicio de sus funciones, presta los siguientes servicios:

1. Coordinar la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos de los distintos Centros dependientes de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras, así como, las subvenciones de explotación o de capital que realiza la misma.

2. Confeccionar las Memorias Funcionales y Económicas de todos los proyectos de normas legales y disposiciones administrativas propuestas por la Consejería de Salud o el Servicio Andaluz de Salud.

3. Analizar la gestión económica y financiera de las Empresas Públicas utilizando particularmente como medio los correspondientes Contratos-Programas.

4. Realizar el seguimiento del proceso de planificación y programación económica de los proyectos de la Consejería de Salud y Servicio Andaluz de Salud financiados con fondos FEDER.

5. Informar sobre los expedientes del Servicio Andaluz de Salud correspondientes a anualidades futuras, obras de emergencia o de contratación por los importes estipulados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas que precisen autorización del Consejo de Gobierno.

6. Tramitar los expedientes de transferencias con asignación nominativa a las Empresas Públicas en relación a proyectos financiados con fondos FEDER o transferencias finalistas de la Administración Estatal.

7. Tramitar subvenciones nominativas y excepcionales a las Fundaciones y Empresas Públicas con participación mayoritaria de la Consejería de Salud.

8. Coordinar la política de salud en la programación y ejecución de los proyectos de inversión incluidos en el Plan Económico de Andalucía (Plan Siglo XXI).

9. Emitir Informes económicos-financieros a demanda en el ámbito de la financiación sanitaria.

10. Responder por escrito a las solicitudes de los clientes internos en requerimiento de información y comunicación.

2.2. Normativa reguladora de los servicios prestados por el Servicio de Informes Económicos y Financieros.

A continuación se detalla la normativa de aplicación más significativa que regula el funcionamiento y los servicios prestados por este Servicio.

- Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm., de 26 de julio).

- Orden de 25 de mayo de 2005, por la que se dictan normas para la elaboración del presupuesto de la Comunidad autónoma de Andalucía para el año 2006 (BOJA núm. 105, de 1 de junio).

- Decreto 22/1985, de 5 de febrero, sobre elaboración de la memoria funcional y económica justificativa de las normas legales, disposiciones administrativas y convenios (BOJA núm. 16, de 19 de febrero).

- Decreto 9/1999, de 19 de enero, sobre régimen presupuestario, financiero, de control y contable, de las Empresas Públicas de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 13, de 30 de enero).

- Acuerdo de 19 de abril de 2005, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el programa de control a realizar en el ejercicio 2005 de las empresas de la Junta de Andalucía sometidas a control financiero permanente, y se establecen otras medidas de control financiero (BOJA núm. 88, de 9 de mayo).

- Decreto 44/1993, de 20 de abril, por el que se regulan los gastos de anualidades futuras (BOJA núm. 52, de 18 de mayo).

- Reglamento núm. 1260/99, del Consejo de 21 de junio de 1999, por el que se establecen las disposiciones generales sobre los fondos estructurales (DOCE núm. L161, de 26.6.99).

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

- Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 117, de 17 de junio).

- Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 60, de 29 de julio).

- Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico (BOJA núm. 136, de 24 de noviembre).

- Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).

- Ley 2/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2005 (BOJA núm., de 31 de diciembre de 2004). Vigente hasta 31 de diciembre de 2005.

- Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 99, de 21 de mayo de 2004).

3. Derechos de las personas usuarias de los servicios prestados por el Servicio de Informes Económicos y Financieros.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las personas usuarias tienen derecho, entre otros, a:

1. Ser tratadas con el debido respeto y deferencia por el personal adscrito a este Servicio de Informes Económicos y Financieros.

2. A conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos, en los que tenga la condición de interesada, que se tramiten en este Servicio.

3. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar ante este Servicio de Informes Económicos y Financieros.

4. A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

4. Sugerencias y reclamaciones.

4.1. Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

1. La ciudadanía, tiene reconocido su derecho a formular sugerencias y reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados por la Administración de la Junta de Andalucía.

2. El Libro de Sugerencias y Reclamaciones es también un instrumento que facilita la participación de la ciudadanía en sus relaciones con el Servicio de Informes Económicos y Financieros, ya que puede presentar las reclamaciones oportunas cuando considere haber sido objeto de desatención, tardanza o cualquier otra anomalía, así como formular cuantas sugerencias estime conveniente en orden a mejorar la eficacia de los servicios que se prestan.

3. El Libro de Sugerencias y Reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en todos los Registros de documentos de la Junta de Andalucía, y también está disponible en Internet en formato electrónico www.juntadeandalucía.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

4.2. Formas de presentación de las Sugerencias y Reclamaciones.

1. Quienes pretendan formalizar una sugerencia o reclamación podrán hacerlo, bien rellenando las hojas autocopiativas del Libro en los Registros de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como, en las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien por Internet, rellenando el formulario electrónico en la página web: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

2. Si la sugerencia o reclamación se realiza por Internet y se dispone de un certificado digital, el formulario se firmará digitalmente y se presentará electrónicamente y de forma automática en el Registro telemático único de la Junta de Andalucía desde la mencionada página web. Si se realiza por internet pero no se dispone de certificado digital, la misma deberá ser impresa en papel, firmada y presentada en cualquier Registro de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía y en los Ayuntamientos andaluces, así como en las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, donde se hará entrega de copia sellada.

4.3. Tramitación.

1. La Inspección General de los Servicios llevará el control de las denuncias, quejas, sugerencias o reclamaciones que se presenten en relación con el funcionamiento de los servicios prestados por el Servicio de Informes Económicos y Financieros, en atención a la adopción de las medidas que correspondan, debiendo éste notificar a quien hizo la sugerencia o reclamación, en el plazo de quince días, las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos, dándose cuenta también, en el mismo plazo, de lo actuado a la Inspección General de los Servicios.

5. Direcciones y formas de acceso.

5.1. Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Para contactar con el Servicio de Informes Económicos y Financieros, las personas interesadas podrán dirigirse a:

- Dirección: Avda. de la Innovación, s/n. Edificio Arenas I. Sevilla.

- Teléfono: 955 006 482.

- Fax: 955 006 325.

- Dirección de Internet: www.csalud.junta-andalucia.es/principal y portalsalud.csalud*juntadeandalucia.es.

- Libro de Sugerencias y Reclamaciones: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

5.2. Formas de acceso y transportes.

Al Servicio de Informes Económicos y Financieros se puede acceder mediante transporte público desde las paradas de autobuses urbanos de Sevilla de las líneas siguientes:

- Línea 27: Parada Avda. de las Ciencias.

- Línea 55: Parada Avda. de las Ciencias.

Igualmente se accede por medio de los trenes de cercanías:

- Apeadero de Renfe: con parada en Palacio de Congresos.

5.3. Plano de situación.

B) DATOS DERIVADOS DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y DE LA NORMATIVA APLICABLE

1. Compromisos de calidad.

1.2. Niveles de compromisos de calidad ofrecidos.

La relación de los servicios prestados por el Servicio de Informes Económicos y Financieros y los derechos concretos de la ciudadanía recogidos en esta carta, se prestarán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

1. Elaborar anualmente los cuadros evolutivos y de indicadores comparados precisos que permitan analizar la propuesta de presupuestos, de un ejercicio respecto del anterior.

2. Confeccionar los informes económicos y financieros a demanda, en referencia a los proyectos normativos, en un plazo de 10 días desde la recepción de su solicitud por este Servicio de Informes Económicos y Financieros.

3. Informar sobre la gestión económica y financiera de las EE.PP. por períodos trimestrales, en los quince días siguientes, tras la finalización del trimestre, siempre que la documentación precisa de la empresa esté completa en el plazo de un mes de que dispone, y previo a la celebración de cada Consejo de Administración.

4. Informar sobre los proyectos de la Consejería de Salud y SAS, financiados con fondos FEDER, en la forma y plazos requeridos por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

5. Informar los expedientes del Servicio Andaluz de Salud, que precisen autorización del Consejo de Gobierno, en un plazo de 7 días.

6. Tramitar expedientes de transferencias con asignación nominativa durante el primer semestre del ejercicio, siempre y cuando la entidad haya cumplido todos los requisitos necesarios.

7. Tramitar expedientes de subvenciones nominativas en un plazo de 60 días, a contar desde la fecha del acuerdo de inicio, siempre y cuando la entidad no haya de ser requerida para la subsanación de falta de documentación, y que los trámites competencia de otras unidades administrativas se encuentren cumplimentados.

8. Facilitar los datos anuales, para el seguimiento material del Plan Económico "Siglo XXI", a través del programa informático "SIPAS" y realizar la validación financiera, en los plazos instados por la propia Consejería de Economía y Hacienda.

9. Emitir Informes Económicos-Financieros a demanda de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras, en un plazo general de tres días o bien en el que indique la misma en atención al contenido del Informe.

10. Contestar a los escritos solicitando información o de comunicación, presentados por los clientes internos, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde su recepción.

2. Indicadores.2.1. Indicadores de calidad.

Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por el Servicio de Informes Económicos y Financieros se establecen los siguientes indicadores:

1. Número anual de cuadros evolutivos e indicadores comparados que permitan analizar la propuesta de presupuesto.

2. Número de Informes Económicos y Financieros de proyectos normativos confeccionados en plazo.

3. Porcentaje de Informes, en relación con la gestión económica y financiera de las EE.PP., emitidos en plazo.

4. Número de proyectos financiados con Fondos FEDER informados en plazo.

5. Porcentaje de Informes, en relación con los expedientes del SAS que precisen autorización del Consejo de Gobierno, informados en plazo sobre el 100%.

6. Porcentaje de expedientes de transferencias con asignación nominativa tramitados en plazo.

7. Porcentaje de expedientes de subvenciones nominativas tramitados en plazo.

8. Porcentaje de datos anuales relativos al "Plan Siglo XXI", cumplimentados mediante el programa informático "SIPAS" en el plazo instado por la Consejería de Economía y Hacienda.

9. Porcentaje de Informes a demanda de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras emitidos en plazo sobre el total.

10. Porcentaje de escritos de información o comunicación dirigidos a los clientes internos remitidos en plazo sobre el total.

C) DATOS DE CARACTER COMPLEMENTARIO

1. Horarios y otros datos de interés.

1.1. Horarios de atención al público:

- El horario de atención al público en información presencial será de lunes a viernes desde las 9,00 hasta las 14,00 horas.

- El horario de atención al público en información telefónica será de lunes a viernes desde las 8,00 hasta las 15,00 horas ininterrumpidamente.

ANEXO II

CARTA DE SERVICIOS

SERVICIO DE PLANIFICACION ECONOMICA

PROLOGO

La Carta de Servicios del Servicio de Planificación Económica de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía tiene como objeto informar a la Ciudadanía en general, considerando esta como clientela indirecta y la razón de ser de toda Administración Pública, y a los órganos, organismos y unidades administrativas de esta Organización, como clientes directos, de los Servicios Públicos que gestiona, las condiciones en que se prestan, así como sus derechos en relación con estos servicios y los compromisos de calidad que se ofrecen, además de facilitar el acceso a los medios para la participación activa en la mejora de los servicios proporcionados por esta Unidad Administrativa, mediante una estrategia continuada de calidad con la utilización de parámetros de eficiencia y orientación de los recursos a la satisfacción de las necesidades de la salud y expectativas de la ciudadanía, introduciendo indicadores y cultura de la calidad en la labor propia encomendada.

Como consecuencia de lo anterior, el Servicio adoptará las medidas necesarias para garantizar que el contenido de la presente Carta se aplique por todas las personas a su servicio.

A) DATOS DE CARACTER GENERAL

1. Datos identificativos.

1.1. Datos identificativos del Servicio de Planificación Económica.

El Servicio de Planificación Económica es una Unidad Administrativa adscrita a la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

1.2. Misión.

El Servicio de Planificación Económica realiza el seguimiento de la gestión económica y financiera del Sistema Sanitario Público de Andalucía, gestiona el Plan de disposición de fondos en relación con los proveedores sanitarios públicos, así como, confecciona las estadísticas del gasto sanitario.

1.3. Identificación de la Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

La Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la presente Carta de Servicios es el propio Servicio de Planificación Económica.

1.4. Formas de colaboración y participación con el

Servicio de Planificación Económica.

Las personas usuarias de los servicios que presta esta Unidad Administrativa, en su calidad de clientes de carácter interno, podrán colaborar en la mejora de la prestación de los servicios expresando su opinión a través de los siguientes medios:

- Mediante escritos dirigidos al Servicio de Planificación Económica de la Dirección General de Financiación, Planificación e Infraestructuras de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sita en Avda. de la Innovación, s/n, Edif. Arena 1, 41020, Sevilla.

- Mediante consulta telefónica.

- Mediante la cumplimentación de las Hojas del Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía (véase el apartado IV).

- Mediante encuentros, reuniones, jornadas y foros que a tal efecto se organicen por el Servicio de Planificación Económica.

2. Servicios.2.1. Relación de servicios que se prestan por el Servicio de Planificación Económica.

El Servicio de Planificación Económica a través del ejercicio de sus funciones, presta los siguientes servicios:

1. Realizar los calendarios de pagos y ejecutar el plan de disposición de fondos, una vez aprobado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, referentes al Servicio Andaluz de Salud y a las Empresas Públicas adscritas a la Consejería de Salud, a través de propuestas de financiación.

2. Realizar el seguimiento de la gestión económica y financiera de la Consejería de Salud y Servicio Andaluz de Salud.

3. Confeccionar el documento de presentación del proyecto de presupuestos para el próximo ejercicio de la Consejería de Salud y Servicio Andaluz de Salud ante la Comisión de Salud del Parlamento de Andalucía.

4. Elaborar las cuentas satélite de la sanidad pública andaluza, en colaboración con el Ministerio de Sanidad y Consumo.

5. Realizar, editar y divulgar la Publicación "CIFRAS y DATOS".

6. Informar al cierre del ejercicio de la evolución de los créditos, analizando las partidas de gasto más representativas y su composición e imputando y distribuyendo gastos, con la finalidad de obtener estadísticas.

7. Tramitar las modificaciones presupuestarias del

Servicio Andaluz de Salud.

8. Responder por escrito a las solicitudes de las personas usuarias y clientes internos en requerimiento de información y comunicación.

2.3. Normativa reguladora de los servicios prestados por el Servicio de Planificación Económica.

A continuación se detalla la normativa de aplicación más significativa que regula el funcionamiento y los servicios prestados por este Servicio.

- Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm., de 26 de julio).

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

- Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 60, de 29 de julio).

- Ley 16/2005, de 28 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2006 (BOJA núm., de 31 de diciembre de 2005). Vigente hasta 31 de diciembre de 2006.

- Decreto 149/1988, de 5 de abril, "Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía" (BOJA núm. 45, de 10 de junio de 1988).

- Orden de 7 de junio de 1995, que regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 86, de 14 de junio de 1995).

- Orden de 23 de diciembre de 1992, de Implantación del Sistema integrado de Gestión Presupuestaria, Contable y Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía

(BOJA núm. 136, de 31 de diciembre de 1992).

- Ley 21/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas, del nuevo modelo de financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía (BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 2001).

- Decreto 214/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud (BOJA de 21 de mayo de 2004).

3. Derechos de las personas usuarias de los servicios prestados por el Servicio de Planificación Económica.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre) las personas usuarias tienen derecho, entre otros, a:

- Ser tratadas con el debido respeto y deferencia por el personal adscrito a este Servicio de Planificación Económica.

- A conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos, en los que tenga la condición de interesada, que se tramiten en este Servicio.

- A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar ante este Servicio de Planificación Económica.

- A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

4. Sugerencias y reclamaciones.

4.1. Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

1. La ciudadanía andaluza, como clientes externos/internos, tiene reconocido su derecho a formular sugerencias y reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados por la Administración de la Junta de Andalucía.

2. El Libro de Sugerencias y Reclamaciones es también un instrumento que facilita la participación de la ciudadanía en sus relaciones con el Servicio de Planificación Económica, ya que puede presentar las reclamaciones oportunas cuando considere haber sido objeto de desatención, tardanza o cualquier otra anomalía, así como formular cuantas sugerencias estime conveniente en orden a mejorar la eficacia de los

servicios que se prestan.

3. El Libro de Sugerencias y Reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en todos los Registros de documentos de la Junta de Andalucía, y también está disponible en Internet en formato electrónico www.juntadeandalucía.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

4.2. Formas de presentación de las Sugerencias y Reclamaciones:

- Quienes pretendan formalizar una sugerencia o reclamación podrán hacerlo, bien rellenando las hojas autocopiativas del Libro en los Registros de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como, en las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien por Internet, rellenando el formulario electrónico en la página web:www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

- Si la sugerencia o reclamación se realiza por internet y se dispone de un certificado digital, el formulario se firmará digitalmente y se presentará electrónicamente y de forma automática en el Registro telemático único de la Junta de Andalucía desde la mencionada página web. Si se realiza por Internet pero no se dispone de certificado digital, la misma deberá ser impresa en papel, firmada y presentada en cualquier Registro de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, en los Ayuntamientos andaluces, así como en las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, donde se hará entrega de copia sellada.

4.3. Tramitación.

La Inspección General de Servicios llevará el control de las denuncias, quejas, sugerencias o reclamaciones que se presenten en relación con el funcionamiento de los servicios prestados por el Servicio de Planificación Económica, en atención a la adopción de las medidas que correspondan, debiendo este notificar a quien hizo la sugerencia o reclamación, en el plazo de quince días, las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos, dándose cuenta también, en el mismo plazo, de lo actuado a la Inspección General de los Servicios.

5. Direcciones y formas de acceso.

5.1. Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Para contactar con el Servicio de Planificación Económica, las personas interesadas, y la ciudadanía en general, podrán dirigirse a:

- Dirección: Avda. de la Innovación, s/n, Edificio Arenas I. Sevilla, 41020.

- Teléfono: 955 006 594.

- Fax: 955 006 325.

- Libro de Sugerencias y Reclamaciones: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

- Internet: www.csalud.junta-andalucia.es/principal.

- Correo electrónico: portalsalud.csalud*juntadeandalucia.es.

5.2. Formas de acceso y transportes.

Al Servicio de Planificación Económica se puede acceder mediante transporte público desde las paradas de autobuses urbanos de Sevilla de las líneas siguientes:

- Línea 27: Parada Avda. de las Ciencias.

- Línea 55: Parada Avda. de las Ciencias.

Igualmente se accede por medio de los trenes de cercanías:

- Apeadero de Renfe: con parada en Palacio de Congresos.

5.3. Plano de situación.

B) DATOS DERIVADOS DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y DE LA NORMATIVA APLICABLE

1. Compromisos de calidad.

1.2. Niveles de compromisos de calidad ofrecidos.

La relación de los servicios prestados por el Servicio de Planificación Económica y los derechos concretos de la ciudadanía recogidos en esta carta, se prestarán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

1. Elaborar mensualmente las propuestas de financiación en orden a realizar los calendarios de pagos y ejecutar el plan de disposición de fondos.

2. Analizar mensualmente la gestión económica y financiera del SAS, mediante informe que se preparará antes del día 12 del mes siguiente.

3. Realizar anualmente con una antelación de 7 días a la solicitud de la Comisión de Salud el documento de presentación del proyecto de presupuestos para el próximo ejercicio.

4. Elaborar anualmente antes del mes de junio las cuentas satélite de la sanidad pública andaluza.

5. Confeccionar la publicación "Cifras y Datos", antes del día 10 del mes de octubre, de cada año.

6. Elaborar anualmente antes del día 10 de marzo el Dossier previo al cierre del ejercicio presupuestario.

7. Tramitar las modificaciones presupuestarias en un plazo de 2 días desde su recepción por este Servicio.

8. Contestar a los escritos solicitando información o de comunicación, presentados por los clientes internos y las personas usuarias, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde su recepción.

1. Indicadores.2.1. Indicadores de calidad.

Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por el Servicio de Planificación Económica se establecen los siguientes indicadores:

1. Porcentaje de Propuestas de Financiación elaboradas mensualmente sobre el 100%.

2. Porcentaje de Informes, en referencia a la gestión económica y financiera del SAS, entregados en plazo.

3. Número de entregas del documento anual de presentación del proyecto de presupuesto aportadas en plazo.

4. Porcentaje de análisis de cuentas satélite entregados en plazo, sobre el 100%.

5. Porcentaje de la publicación anual "Cifra y Datos", presentada en plazo.

6. Número de Dossiers previos al cierre ejercicio entregados en plazo.

7. Número de expedientes de modificaciones presupuestarias del SAS tramitados en plazo, sobre el total de las realizadas.

8. Porcentaje de escritos de información o comunicación dirigidos a los clientes internos y personas usuarias remitidos en plazo sobre el total.

C) DATOS DE CARACTER COMPLEMENTARIO

1. Horarios y otros datos de interés.

1.2. Horarios de atención al público.

- El horario de atención al público en información presencial será de lunes a viernes desde las 9,00 hasta las 14,00 horas.

- El horario de atención al público en información telefónica será de lunes a viernes desde las 8,00 hasta las 15,00 horas ininterrumpidamente.

1.1.1. Publicaciones periódicas:

a) Manual "CIFRAS Y DATOS".

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