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Con el objetivo de favorecer la información europea y reforzar la participación activa de la ciudadanía en el proceso de integración europea a través de la reflexión y del debate sobre los diferentes aspectos de la misma se dictó la Orden 3 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea (BOJA núm., de 31 de mayo de 2005).
A fin de maximizar la consecución de este objetivo se articula la presente modificación de la Orden en aras de una mayor claridad para los administrados y una mayor celeridad en los procedimientos de presentación, resolución y justificación.
Además, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Orden reguladora, se realiza la convocatoria anual para el 2006 y se determinan los temas de interés preferentes sobre los que se concentrarán estas ayudas.
Por todo ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación de la Orden de 3 de mayo de.
Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 19 de la Orden de 3 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea, que quedan con la siguiente redacción:
"Artículo 19. Justificación de la subvención.
1. La justificación de la subvención percibida se realizará ante la Secretaría General de Acción Exterior mediante la presentación a plena conformidad de la misma de los documentos que acrediten la realización de la actividad, el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la cuenta justificativa del gasto total realizado, aunque la cuantía de la subvención sea inferior.
2. La justificación tendrá lugar como máximo en el plazo de tres meses. El plazo de presentación se indicará en la resolución de concesión atendiendo a la fecha de ejecución de la actividad subvencionada o a la fecha del pago de la ayuda.
En todo caso cuando la actividad haya sido realizada con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, la justificación deberá presentarse junto con la solicitud. Asimismo, cuando la actividad haya sido ejecutada con anterioridad a la fecha de la resolución prevista en el artículo 15 de esta Orden, deberán presentar la justificación en el plazo de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución de concesión."
Artículo 2. Convocatoria de ayudas para el año 2006.
1. De conformidad con el artículo 8 de la Orden de 3 de mayo de 2005, se convocan ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea a ejecutar durante el 2006 y el primer trimestre de 2007 dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Los temas de interés preferente sobre los que se concentrarán las ayudas previstas serán los siguientes:
a) Análisis de la nueva Política Regional. Mediante la realización de actividades centradas en este tema clave se informará a la ciudadanía andaluza sobre el fundamento de la política regional; sobre la regulación, objetivos y medios de la política regional actualmente vigente y sobre el debate que se está produciendo en relación a las nuevas perspectivas financieras, la incidencia de estas perspectivas financieras en la política regional o de cohesión social para el período 2007-2013, y los efectos que esta nueva regulación pueda tener en Andalucía.
b) Vigésimo aniversario del ingreso de España en la Unión Europea. Mediante la realización de actividades centradas en este tema clave se informará a la ciudadanía andaluza de lo que ha significado para España y, especialmente, para Andalucía el ingreso en las Comunidades Europeas, tanto desde una perspectiva de participación en las Instituciones Comunitarias como de las incidencias de las distintas políticas comunes en la economía y sociedad española/andaluza.
c) Constitución Europea. Mediante la realización de actividades centradas en este tema clave se informará a la ciudadanía andaluza de los logros y deficiencias del Tratado, así como de la situación actual en la que se encuentra la ratificación del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, todo ello en el marco del período de reflexión y debate acordado por el Consejo Europeo de Bruselas el 18 de junio de 2005.
d) Las fronteras de Europa y su papel en el mundo: Mediante la realización de actividades centradas en este tema clave se informará a la ciudadanía andaluza de la perspectiva de las nuevas ampliaciones, la capacidad de la Unión para acoger nuevos miembros, la seguridad del continente en relación con sus vecinos (Políticas de vecindad, cuestiones vinculadas a inmigración, control de fronteras...) o la influencia de Europa en relación con los otros grandes bloques.
e) Instituciones y Fuentes del Derecho de la UE. Mediante la realización de actividades centradas en este tema clave se informará a la ciudadanía andaluza de la estructura institucional de la UE; el Derecho originario y el Derecho derivado, el proceso decisorio, las relaciones entre el Derecho comunitario y el Derecho interno, etc.
3. Las solicitudes se presentarán de conformidad con el artículo 10 de la Orden de 3 de mayo de 2005 y ajustarse a los formularios recogidos en los Anexos 3 y 4 de la citada Orden (BOJA núm., de 31 de mayo de 2005).
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden.
5. Las entidades interesadas podrán solicitar por correo electrónico la normativa y los formularios de estas ayudas en la siguiente dirección: formacion.sgacex.cpre*juntadeandalucia.es.
Disposición Transitoria Unica.
La presente Orden no será de aplicación a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.
Estos se regirán por lo dispuesto en la Orden de 3 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea (BOJA núm., de 31 de mayo de 2005).
Disposición Derogatoria.
Quedan derogados los apartados 1 y 2 del artículo 19 y la Disposición Adicional de la Orden de 3 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la dispuesto en la presente Orden.
Disposición Final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 1 de marzo de 2006
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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