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En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público para el conocimiento de los interesados que se relacionan, a los que no ha sido posible notificar personalmente en cuanto se desconoce dónde o a quién efectuar ésta, el siguiente acto administrativo.
Núm. Expte. núm.: MO/00016/2004.
Nombre: Martín Escañuela, Prudencia.
Parcela catastral (polígono/parcela): 8/34, 8/55, 8/92.
Nombre: Arrendamiento San Antón, S.L.
Parcela catastral (polígono/parcela): 6/2.
Se adjunta listado de propietarios, a los cuales ha sido notificado el siguiente acto administrativo:
Nombre: Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla.
Parcela catastral (polígono/parcela): 9/9011, 9/9007.
Nombre: Confederación H. del Guadalquivir.
Parcela catastral (polígono/parcela): 8/9000, 9/9000.
Nombre: Consejería de Obras Públicas y Ttes.
Parcela catastral (polígono/parcela): 9/1, 9/106.
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
Contra este acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa, pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en C/ Marqués de la Ensenada, núm., 18001, Granada, al Servicio de Gestión del Medio Natural, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
(Continúa en el fascículo 2 de 2)
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación será de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa los interesados en el procedimiento podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
Contra este acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe interponer recurso en vía administrativa, pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en C/ Marqués de la Ensenada, núm. 1, 18001, Granada, al Servicio de Gestión del Medio Natural, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Granada, 10 de marzo de 2006.- El Delegado, Gerardo Sánchez Escudero.
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