Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 12/04/2006

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Otros. AYUNTAMIENTO DE GÜEJAR SIERRA

EDICTO de 1 de marzo de 2006, sobre bases.

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Por Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de febrero de 2006 se acordó:

Primero. Aprobar las bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de limpiadora, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, y que más abajo se expresan.

Segundo. La publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE LIMPIADORA, VACANTE EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE GÜEJAR SIERA (GRANADA)

1. Normas Generales.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión de una plaza de Limpiadora de edificios municipales, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, mediante el sistema de oposición libre, de conformidad con la Oferta de Empleo Público del año 2005, aprobada por Resolución de Alcaldía de 31 de agosto de 2005 y publicada en el BOE de 25 de octubre de 2005. Las retribuciones que corresponden a la plaza serán las establecidas en el Presupuesto de la Corporación en virtud de los acuerdos municipales pertinentes.

1.2. Legislación aplicable: Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Locas; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en este proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o la de cualquier otro país integrante de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad en que falten menos de 15 años para la jubilación forzosa por edad.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar.

d) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad especifica prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

f) Estar en posesión del título exigido; certificado de escolaridad o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

3. Solicitudes.

3.1. Las instancias (Anexo II) para tomar parte en las pruebas se dirigirán al Sr. Alcalde y deberán contener la declaración de que el interesado reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior. Deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI, titulación exigida, y resguardo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen

El importe de los derechos de examen asciende a la cantidad de 24 euros, que deberá ingresarse en la cuenta corriente núm. 2031 0069 59 0100021747. Debiendo de indicar claramente al efectuar el ingreso, el nombre y apellidos así como el texto " Oposición a Limpiadora Ayuntamiento de Güéjar Sierra"

3.2. La presente convocatoria y sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y extractadas en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

3.4. Su presentación podrá hacerse en Registro General del Ayuntamiento, en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se concederá los aspirantes excluidos un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen dicha exclusión, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria. En la misma Resolución, se indicará el lugar, fecha y hora de la realización del primer ejercicio de la oposición, así como la composición del Tribunal.

4.2. En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de la oposición, se hará público en el BOP.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador de los ejercicios de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991, de 7 de junio, estará constituido de la siguiente forma:

1. Presidente, el de la Corporación o concejal en quien delegue.

2. Vocales, que deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en la plaza convocada:

- Un concejal representante del grupo municipal PP, y suplente.

- Un concejal representante del Grupo PSOE y suplente

- Un representante de la Junta de Andalucía, titular o suplente.

- Un funcionario de carrera del Ayuntamiento y suplente.

- Un representante de Diputación Provincial y suplente.

3. Secretario, el de la Corporación o funcionario en quien delegue y suplente.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus componentes.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar en cualquier momento, a los miembros de los Tribunales, cuando concurran causas legales.

El Tribunal no podrá proponer que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior de las vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas que contravengan este limite.

Los miembros del Tribunal serán retribuidos, en concepto de asistencia a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, categoría tercera.

En las pruebas en que se considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate.

6. Proceso selectivo.

El sistema de selección será el de oposición libre.

La oposición constará de los siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes:

a) Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, sobre el temario que se determina en el Anexo I de esta convocatoria.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización, a propuesta del tribunal, de uno o varios ejercicios prácticos, de forma escrita o manual, cuyo contenido estará relacionado con el temario específico contenido en el Anexo I y las funciones del puesto a desarrollar.

Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno para superarlo. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación. La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartaren más de dos puntos de la citada media.

El tiempo para la realización de los ejercicios lo determinará el tribunal en función de la dificultad de los mismos.

7. Relación de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará publica la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Dicha relación será elevada al Ilmo. Sr. Alcalde con propuesta de nombramiento

7.2. El Tribunal no podrá proponer, para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga este precepto. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones del concurso y de la oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de concurso, si persistiera el empate, se resolverá por sorteo.

8. Presentación de documentos y contratación.

Los aspirantes, propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en la base segunda de la convocatoria, en la siguiente forma:

a) Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser presentada con el original para su compulsa, de certificado de escolaridad, o justificante de haber abonado los derechos de su expedición.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Así como no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad o incapacidad..

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en las bases, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes.

Con el concursante propuesto se formulará el contrato de trabajo, que lo será por escrito y por tiempo indefinido. Las condiciones remunerativas serán las establecidos presupuestariamente. Si en el plazo de 10 días naturales, a partir de la notificación de la resolución del Alcalde, no se presentase el aspirante seleccionado a firmar el oportuno contrato, se le tendrá por desistido y caducado el derecho a su contratación laboral.

9. Recursos.

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de estas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los supuestos, plazos y forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

TEMAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y Deberes Fundamentales de los Españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: Clases de Entidades Locales. Organización Municipal. Competencias Municipales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Concepto y clases, derechos, deberes e incompatibilidades.

TEMAS ESPECIFICOS

Tema 4. Conceptos generales de limpieza, origen de la suciedad y eliminación. Fichas técnicas de suelos.

Tema 5. Maquinaria de limpieza.

Tema 6. Sistemas de limpieza. Barrido de suelos. Fregado con mopa. Limpieza de mobiliario. Limpieza de servicios. Limpieza de cristales.

Tema 7. Limpieza de centros públicos. La limpieza de áreas administrativas.

Tema 8. Herramientas y útiles básicos de la limpieza. El uso de productos químicos

Tema 9. Aspectos ecológicos en la limpieza. Eliminación de residuos.

Tema 10. Prevención de riesgos laborales en los trabajos de limpieza.

ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

Plaza a la que se aspira:

Convocatoria:

Fecha BOE:

Fecha BOP/BOJA:

Datos personales:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

DNI núm.:

Domicilio:

Teléfono:

Municipo:

Provincia:

C.P.:

Documentación que se adjunta:

Méritos:

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

Lugar, fecha y firma

Lo que se hace público para general conocimiento.

Güéjar Sierra, 1 de marzo de 2006.- El Alcalde-Presidente.

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